HOLA! Necesito ayuda, me vino a ver una persona cuyo concubino fallecio de cancer. el empleador lo vivia amenazando.Le pagaba la mitad de lo que figuraba su recibo de sueldo y por necesidad lo aceptaba. El tema es que tuve q intimarlo para que ponga a disposición de la mujer la indemnización. el fallecido ingreso a trabajar en el 2003, pero lo registro recien en 2006, yo puedo reclamar por ello tambien o solo puedo pedir la ind. del art. 247 LCT?. Tambien lo intime a que ponga a nuestra dispo. Nº de poliza por lo del Seguro de vida obligatorio, me lo informo luego pero cuando llamo a la comp. me dicen que el contrato el seguro 20 dias antes del fallecimiento... y por lo tanto no va a poder cobrar... que hago??? Se lo reclamo via judicial o juntamente con el reclamo ante el Ministerio de Trabajo con la indemniz.??? AYUDA!!!
Bueno esta complicado:
1.- Lo del seguro reclamalo judicialmente a vos no te importa cuando lo contrataron.
2.- Es dificil probar el tema de un tiempo en negro y su posterior registracion con fecha erronea, salvo que el trabajador lo haya denunciado en vida este defecto, cosa que seguramente no ocurrio.
3.- Si podes reclamar el Art. 1 Ley 25323
4.- Le corresponde cobrar el Art. 247, sin embargo yo averiguaria si la persona es solvente, dado que si no es demasiado laburo para nada, a mi me paso asi me mande y ahora averigue el empleador tiene millones de juicios es insolvente tiene quiebra en su negocio, es un lio
Pero bueno espero haberte ayudado en algo aunque sea
Saludos
Lorena