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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #982419  por juanromano
 
Distinguidos colegas:
Propongo este hilo para comentar asuntos relativos a la esa otra "colectora" de los ingresos fiscales como es la Deuda Pública.
Ahora que la Cámara Federal NY ha ratificado en todos sus puntos la sentencia del a quo T. Griesa, imagino que el tema hilo será de gran repercusión incluso en los medios de comunicación de masas.

Como para romper el hielo me pregunto si nuestra CSJN variará su posición unánime de rechazar todas las pretensiones de los bonistas fundados en la teoría anticontractual del moral risk. ¿es acaso que la política esta por sobre el derecho? ¿cuando, siempre?

Por otra parte, si se acentuara la práctica contractual de prorrogar jurisdicción territorial a foros extranjeros.
¿Quédará nuestra actuación profesional restringida a litigar asuntos de competencia de la justicia de paz?... ¿todos los grandes pleitos tramitarán en NY o Paris?

Asimismo ¿qué consecuencias traerá esta resolución de Cámara sobre nuestro crédito público? ¿la pesificación?
¿Podrán legalmente los bancos off-shore seguir negociando nuestros bonos y warrants? ¿Quedaremos fuera -ya no de facto- sino de iuris del mercado financiero mundial?
¿A la larga, la SEC deslistará nuestros títulos performing? (Tal vez como una medida espejo de nuestra Ley Cerrojo, con la que deslistamos toda la deuda anterior al 31/12/2001).

Aún más: ¿quedará alternativa a prohibir las transacciones y circulación de moneda extranjera? ¿Habrá excepciones para las de las naciones hermanas del Mercosur?
¿Caerán los swaps suscriptos con la China y Francia?

Perdón. No quiero apabullar a los colegas con tantas preguntas.
Más bien es mi deseo abrir un dialogo sobre el crédito público, más allá del conocimiento personal de cada uno sobre la materia.
Todos las participaciones serán bienvenidas, sin importar si -como es el presente caso- se limitan a meras preguntas o especulaciones.
Lo que si les ruego evitar -pero el hilo ya no es mío, sino del Portal- evitar, decía, las cantinelas y slogans sobre el tema.
Mis respetos a los colegas y ojala se entusiasmen y participen.
Juan Romano.
 #983152  por juanromano
 
En cuanto se producirían novedades en el tema del hilo, vale agregar algo más:
Nuestra Presidenta anunció que propondrá al Congreso la reapertura del canje de la deuda anterior al 31/12/2001 por los conocidos bonos post-default.
Sabido es que ello conlleva una quita de entre el 65 y el 75% del crédito.
Se estima que el Poder legislativo dará curso a la inicitativa del Ejecutivo. La duda está en el quantum de adhesiones de nuestros acreedores.
Sobre el particular pienso que los pocos argentinos que todavía conservan los títulos en mora decadaria asumirán la quita.
 #984030  por juanromano
 
Ahora ya hay un proyecto de ley en trámite. Ya no "hablamos sin saber".
De su lectura se infiere que sólo se suspendería la vigencia de la Ley Cerrojo, pero no se derogará.
Recuerden todos que todavía sigue también vigente la Ley de Emergencia Económica del 2002, por lo menos en lo que respecta a nuestro asunto.
Del proyecto se critica pçublicamente su art. 4, lo demás pareciera satisfacer a los legisladores no oficialistas.
Mi cuestión es si la SEC autorizará esta re-apertura del canje en el marco jurídico en comentario. sobretodo porque el stay que concedió la Camara Federal 2da. NY es sobre la ejecutoriedad de lo resuelto mas no -obviamente- sobre el fondo de la sentencia.
 #985826  por juanromano
 
Un síntoma doloroso de la crisis decenal de nuestro crédito público es el fracaso de los Cedín y Baade.
Adviertase que, amén de su complejísima "tipificación casuística", ni los lavadores de dinero optaron por suscribir los títulos.
Ello nos coloca ya no fuera del sistema financiero internacional, sino que hasta del circuíto del crimen organizado.
 #986305  por juanromano
 
Esta semana se pagará el Bonar VI a U$S 103,5 por lámina.
Los principales tenedores de este título (como de todos los demás, en realidad) son los bancos y las cías. de seguros, que por una cuestión contable se están desprendiendo de sus tenencias para adquirir bonos de mediano plazo.
Otrora también las AFJP tenían en cartera estos títulos, luego fueron absorbidas por la Ansses, que durante mayo y junio pasados vendió "en rulo" con BNA esos bonos para contenter el precio del billete (que había llegado al exagerado valor más de $ 10,=).
Retomando la actualidad: estimo que durante la semana entrante el precio del billete se mantendrá entre $9,= y $ 9,20, precisamente por las arriba señaladas ventas de Bonar VII y, luego, por la inyección de U$S que reporta su pago.
La cuestión es qué pasará ex-post, máxime que entonces sólo restará un mes para los comicios de medio término.
Este componente político del valor de la moneda dura es difícil de evaluar ¿los agentes interpretarán que el recorte de poder legislativo de la actual administración es pro mercado? ¿o, por el contrario, sospechan una reacción de "profundización del modelo" una vez que la suerte esté echada pero antes de que asuman los electos (12/13)?

En términos de nuestro tema, el crédito público, el honramiento regular del Bonar VII significaría una buena nota para el Fisco Nacional. De hecho: un desendeudamiento ajustado a derecho.
Sin embargo...
Propongo al foro observar la variación del precio del dólar después de mediados de setiembre: si vuelve a los $ 10,= es que los agentes descreen del poder del Congreso como moderador de la política económica.
¿Extrañaría eso cuando históricamente en nuestro país las principales decisiones económicas se impusieron por decreto y aun por bando?

¿Y qué pasará cuando ya no exista este bono que practicamente equivalía al billete? ¿Cómo se podrá administrar el tipo de cambio "libre" sin este instrumento?

Bien es cierto que la Ansses todavía dispone como munición de títulos valores privados (acciones de cías AAA) obtenidos de las AFJP, palmariamente suscedaneos de ADRs. Y de las acciones de YPF que virtualmente expropió a la Repsol, muy interesantes para el mercado.

Entonces, pareciera posible mantener el dominio sobre el mercado libre, por lo menos hasta bien estrado el 2014. Claro, eso en la inteligencia de que se mantendrá la actual política cambiaria.

¿Y el crédito público?
Pareciera que seguirá como hasta ahora, sin cambios: con el riesgo país en los 1.000 puntos y sin posibilidad de suscripción internacional.
Mas, en el mercado interno hay avidez por títulos a mediano plazo dolar linked. Es esa una buena veta para obtener crédito; pero serían pesos, moneda que al Fiso no le interesa pues dispone casi ilimitadamente de ella luego de la reforma a la Carta Orgánica BCRA.
Asi que todo igual.
Excepto que luego de la decisión de la justicia neoyorquina (mundialmente tenida por jusrisdicción internacional) se opte por alterar unilateralmente los términos legales de los bonos performing (se descuenta la desobediencia y el incumplimiento de los términos de la sentencia). Entonces el default técnico podría resultar en un fly to quality por temor a que además del domicilio de pago, más adelante, también se altere manu militari la moneda de pago.

Ese temor ya esta presente en las publicaciones especializadas, concretamente hasta en los suplementos económicos de los diarios más populares.
Lo que nos reporta a una de las más truculentas dudas del primer posteo ¿es posible evitar la pesificación de la deuda pública?
 #986923  por juanromano
 
Noticia del día, post cierre de mercados: S&P rebajo la nota de nuestro crédito público a "CCC+"
Ello significa: "sustancial (material) riesgo de impago".
Se trata, claro, de una calificación no solicitada por la República Argentina.

Tips para savers: si estás por comprar dólares espera hasta el viernes, por lo menos. Lunes y martes también será días de rebaja. Lo conseguirás a $ 9,10.-
 #986975  por juanromano
 
Entro anticipadamente al Congreso el proyecto de Ley de Presupuesto.
En lo que respecta a nuetro hilo tiene dos simples y previsibles disposiciones: 1) la previsión de pago de los warrants, popularemente llamados "cupones pbi"; y 2) la prórroga de la Ley de Emergencia Económica.
Recordarán los foristas que esta ley fue sancionada y promulgada durante el gobierno del Dr. Duahlde -aquel que perdió las elecciones, mas al cabo de dos años fue presidente igual- recordado por la "pesificación asimétrica" (que consistió en la expropiación de los depósitos bancarios en dólares al precio vil de $ 1,40 y a los premios, pues tampoco se permitió retirar los pesos. Nota: también se impidió la libre disponibilidad de los depósitos originirariamente en pesos, pues tanto uno como otros fueron trocados por bonos.
Esto pertenece a nuestro tema: la "pesificación" fue un modo compulsivo de obtener Crédito Público ¡y en dólares!. Algo que el voluntario Cedín no logró.
En fin, que estamos legalmente en emergencia económica desde hace más de once años, pues con cada Ley de Presupuesto se renueva la vigencia de la Ley de Emergencia Económica.
¿Pero, si ya es "costumbre" renovar su vigencia, por qué el apureo en presentar anticipadamente el proyecto?
Es por el temor a perder quorum oficialista por el goteo de legisladores -propios y aliados- hacia el peronismo tradicional.
¿Y que ganarían los opositores -eventuales sucesores en 2015 del gobierno- al no renovar la más que decadaria legislación de emergencia?
Sencillo: al recuperarse la plena vigencia de los derechos y garantías constitucionales a la propiedad, libertad de empresa, etc. el conflicto de ajustarse al derecho regular lo padecería la actual administración, no la siguiente.
Los Troyanos se extinguieron: Nadie quiere un presente griego.


Tip para savers: pronóstico de inminente toma de ganancias en valores privados y títulos públicos. Termine la semana vendido.
 #987023  por juanromano
 
No han pasado ni cuatro horas del tip anterior y ya se esta cumpliendo... pero es mejor cortarse un dedo que perder la mano, asi que sigue vigente tanto el pronóstico como la recomentadación.

A nuestro tema: antes de finalizar setiembre y en cumplimiento de un requerimiento del FMI, se presentara una nueva metodología para estimar la inflación, particularmente el IPC.
¿Alentará ello un repunte de los títulos en pesos que amortizan por el CER?
¿Serán interpretados como más seguros, ya que no podrían pesificarse?
Sin dudas que ello debería reportar en beneficio de nuestro Crédito Público.
Mas no de nuestro "riesgo país" pues para su cálculo sólo cuentan las emisiones internacionales, ergo: en monedas duras.
 #987192  por juanromano
 
En el pleito que los bonistas y fondos de inversión le siguen a nuestro país por el imcumplimiento de obligaciones soberanas, desde la sentencia de fondo confirmada por la cámara de apelaciones, un año ha, hicimos un esfuerzo procesal para dilatar la ejecutoriación de lo resuelto. De eso se trata: de dilatar en el tiempo el cumplimiento de la sentencia, o más estrictamente: de afrontar las consecuencias de desobedecer.
Hasta hoy la táctica dilatoria funcionó perfectamente, incluso el faltazo a la audiencia de propuesta de pago en la primera instancia, asi como la propuesta de quita en la audiencia de la alzada. Todo sirvió para que pase el tiempo.
Y nos quedaban pendientes unas balas de plata: solicitar un plenario y llevar a la Suprema Corte el incidente de ejecución. Recuérdese que la sentencia de fondo fue oportunamente apelada a la máxima instancia.
Precisamente, hay novedades sobre esa apelación, la de la sentencia definitiva o de fondo. La Corte realizará un estudio preliminar (práctica forense del procedimiento anglosajón en todas las instancias) a fin de mes.
Puede que decida no tomar el caso, entonces cedería la suspensión de la ejecución ("stay"); puede que lo tome exigiendo una fianza (en nuestro caso de al menos un mil quinientos millones de dólares) o sencillamente que tome el asunto sin fianza.
Pareciera que nuestra estrategia dilatoria ha sufrido un revés, mas no esta dicha la última palabra.
Sin embargo debe tenerse muy presente al litigar en la plaza norteamericana que su cultura es muy distinta de la nuestra: ellos son puritanos (¡como Doris Day!), no les va ni ahí el abuso del derecho, lo consideran una afrenta a la magistratura y como de pura mala fe (¿alguién vió un video reciente de una chica detenida que contesta sobradoramente y de mala gana en teleconferencia al juez y este la va ampliando los días de corrección ipso facto en forma geométrica? ¡se la decuplicó en menos de tres minutos!).
Faltamos a la audicncia de pago en primera instancia y en la de cámara ofrecimos -condicionadamente y extorsivamente, además- la quita (70%) que, precisamente, motivó la promoción del pleito.
¿La Corte tomará nuestro caso? ¿o sencillamente dejará que quede firme la sentencia de cámara que, a su vez, practicamente reproduce hasta las comas del fallo de Griesa?
 #987258  por juanromano
 
Se alteró la fecha de presentación del nuevo IPC. De alli que lo dicho aqui sobre la cuestión debe revisarse.
Ayer el Sr. ministro de economía, Dr. Hernán Lorenzino, comunicó verbalmente en un simposio internacional organizado por el Indec, que el nuevo IPC será operativo hacia fines de este año.
Ello en la inteligencia de que la actualidad no es buen momento, concreta y literalmente: para no someter al "debate electoralista y mediático" la política de estado en materia de estadísticas.
De tal modo, el acertijo sobre la reacción del mercado sobre los títulos en pesos que pagan renta según el CER: queda postergada (aunque descontando un leve ajuste por la dilación temporal en la vigencia del nuevo índice).
Anótese que el bono Par $ x CER cotiza a una exigua paridad del 25%. De ajustarse la metodología del índice otro gallo cantaría ¿o no?
 #988065  por juanromano
 
Si no se renueva la vigencia de la Ley de Emergancia Pública cesa la suspensión de la Ley de Intangibilidad de los Depósítos Bancarios.
En lo que a nuestro tema respecta: en tal hipótesis no se podrá obtener crédito público a través de expropiar los depósitos a cambio de títulos públicos.
Asimismo podrián en los sucesivo celebrarse contratos entre privados en los que se actualice el precio por indexación.
 #990535  por juanromano
 
Gran parte de las reservas líquidas y el oro del BCRA se encuebtrab depositadas en bancos mayoristas off shore (recuérdese -en previsión de lo que sigue- el gran operativo de seguridad desplegado dos años ha para repatriar la mayor parte de esas tenencias de oro).
Pues, bien: en una de las tantas causas paraleleas que se siguen contra nuestro país en el juzgado federal del distrito sur NY -por prórroga contractual de jurisdicción territorial- el juez T. Griesa reiteró su convicción pretoriana de que nuestro Banco Central no es distinto de la Nación Argentina. Ergo: sus bienes son embargables por las deudas soberanas.