Estimados: mi cliente llega con un embargo por $ 2100, el cual se trabo sobre bienes muebles... luego se denuncia un incumplimiento por $ 7600, que cuando se notifica se lo hace a otro domicilio, dado que todavia no se había hecho lugar a la nueva asistencia juridica... se realiza el deposito de los $ 2100 y se solicita el levantamiento del embargo... ahora bien el juzgado no da lugar a dicho levantamiento y manda a llevar adelante la ejecución por $ 7600.... mis dudas son se puede convertir un embargo de 2100 en uno de 7600 o deben realizar un nuevo mandamiento??.. hay alguna forma de evitarlo basándome en ello?? estoy confundida y se me vence el plazo y no encuentro doctrina que me aclare el tema...
"Sé como el árbol del sándalo, que perfuma el hacha que en ocasiones le hiere"