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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #982981  por DRJOTA
 
Que tal colegas??. Les comento un caso que recibí en el día de hoy a ver que opinan!!.

Un empleador contrato los servicio de un técnico en informática para que actualice y repare todas sus máquinas, además de colocar un sistema de cámaras en la empresa. Toda esta tarea la realizó en aproximadamente dos meses.

Hoy le llego al empleador (mi cliente) un telegrama de este técnico intimando por ley 24.013 a registrar la relación laboral, denuncia falsamente una fecha de ingreso de dos años, y reclama otros rubros laborales.

Desde ya que voy a responder desconociendo la relación laboral invocada por el técnico. Pero mi pregunta es me conviene mencionar que en realidad se trato de una locación de servicios??... Al mencionar la locación luego tendré que acreditar ese extremo y mi cliente no tiene absolutamente nada para demostrarlo, ni un contrato, ni una factura ya que pago todo en negro!!.... Como consideran que sería mejor responder simplemente desconociendo la relación y poniendo la carga en el técnico de demostrar la supuesta relación laboral??.

Desde ya muchas gracias!!.
 #983006  por andresxeneizes
 
yo desconoceria, tema para pensar, el tipo siempre vino solo a la empresa? si es asi, sin dudas desconoce, total no va a poder llevar testigos verdaderos que acrediten la relacion de dependencia
 #983230  por DRJOTA
 
Si, es como mencionas siempre fue solo.

Es lo que pienso hacer desconocer la relación laboral sin mencionar lo de la locación de servicio porque no tengo elementos para demostrarla en un eventual juicio.

Gracias por tu respuesta!.

Saludos!.
 #983249  por grcerrutti
 
le va a ser fácil probar que trabajó dentro de la empresa con un testigo y ahí te quedás sin defensa, 55 LCT y se invierte la carga de la prueba.
Yo lo pensaría, locación de servicios bien alegada, investigando al tipo que seguramente ha hecho otros trabajos en otros lados (quién se lo recomendó??? lo googleaste?? está inscripto en algún lado, cuit on line??? excepcionate del 23 LCT o vas al muere!