Hola amigos!! les cuento estoy con esta cuestión yla verdad, no tengo en claro como proceder, se trata de un jubilado que al fallecer se encontraba separado de hecho, la concubina obtiene el beneficio la pensión, le otorgan el 50% del haber, porque le informan que el otro 50% le corresponde a la esposa. La cuestión es que se encontraban separados de hecho hace mas de 30 años, y no tiene hijos menores en ninguno de los casos. La pregunta sería, por el tiempo que se encontraban separados de hecho, la concubina no excluye a la esposa??,
y de ser así a partir de cuando se cuenta el plazo para impugnar la resolución?
Gracias desde ya!!
y de ser así a partir de cuando se cuenta el plazo para impugnar la resolución?
Gracias desde ya!!