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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #982420  por simone
 
Buenas tardes a todos: les consulto por el siguiente caso: viene a verme un empleador quien recibio un certificado medico del empleado solicitando diagnostico por dolor muscular por tareas laborales ( no hubo accidente). El empleador estaba por despedirlo xq estuvo robando de la caja, y el empleado ya se lo veia venir.Mi duda se plantea ahora q vino con el certficado y quiere pasar por art. y pedir licencia. Q conviene?? q el empleador haga la renuncia en la art y despues lo despida?? o q no haga la denuncia a la art y lo despida directamente.?? Cuando le entrego el certificado el empleador no firmo nada asiq no esta notificado fehacientemente. A mi entender si hace la denuncia a la art quedara a cargo de la misma los salarios y las prestaciones, pero el empleador estaria reconociendo el malestar fisico que quiere hacer pasar el empleado, lo cual le podria traer problemas en caso de que el trabajdor decida accionar contra la art y el empleador. bueno espero sugerencias!! gracias.
 #982456  por marianoc
 
Yo no dudaría en derivarlo a la ART, ya que si realmente el dolor muscular es a causa de las tareas laborales, es la ART quién se debería hacer cargo de los sueldos (Art. 13 de la LRT).

Ahora, si lo despedís sin que pase por la ART corres un riesgo innecesario (Art. 213 LCT) en el caso de que realmente existan esos dolores y sean a causa del trabajo.

Y en el peor de los casos, si pasa por la ART y no corresponde la licencia y la intención del empleador es despedirlo intentaría configurar correctamente el despido.
 #982479  por EinmalIstKeinmal
 
marianoc escribió:Yo no dudaría en derivarlo a la ART, ya que si realmente el dolor muscular es a causa de las tareas laborales, es la ART quién se debería hacer cargo de los sueldos (Art. 13 de la LRT).

Ahora, si lo despedís sin que pase por la ART corres un riesgo innecesario (Art. 213 LCT) en el caso de que realmente existan esos dolores y sean a causa del trabajo.

Y en el peor de los casos, si pasa por la ART y no corresponde la licencia y la intención del empleador es despedirlo intentaría configurar correctamente el despido.
Coincido totalmente! Denunciás a ART, que ellos evalúen el origen de la dolencia! En cuanto decís :" pero el empleador estaria reconociendo el malestar fisico que quiere hacer pasar el empleado, lo cual le podria traer problemas en caso de que el trabajador decida accionar contra la art y el empleador..." No creo que sea así, debido a que el empleador está obligado a comunicar del accidente o enfermedad (la denuncia también puede hacerla el empleado) y es la ART la que en un plazo de 10 días se expide sobre la cuestión (puede extenderse por 20 días mas-notificando de ello-). Pasado este plazo si la ART no notifica el rechazo de enfermedad profesional, está obligado a brindar las prestaciones correspondientes...Por ahora no he tenido el gusto de que ninguna ART reconozca enfermedades laborales, ésa fue mi suerte...Y es mi opinión, esperá otras de gente más experimentada! Saludos!!
 #983478  por simone
 
Muchas gracias a ambos por sus consejos. Fueron de mucha ayuda!!!