Buenos días colegas, quería consultarle sobre la transferencia de un fondo de comercio.
La verdad que me resulta una complicación cumplir con los requisitos legales que prevé la ley 11.867. Entiendo que de no hacerlo tanto enajenante como adquiriente son responsables solidarios frente a las deudas.
Ahora, mi cliente es el adquirente. Es una sociedad anónima, que tiene un nombre de fantasía y le va a cambiar el nombre al local. Tiene su propio cuit, y tributa tanto en jurisdicción nacional como en provincia de buenos aires. ¿es posible dar de baja la habilitación del enajenante, dar de alta una nueva habilitación a nombre de la socidad adqurente, firmar un nuevo contrato de locación con la propietaria del local comercial y firmar contrato de compraventa por la mercadería y mobiliario y sin riesgos evitar la transferencia del fondo?
la sociedad adquirente tiene experiencia en habilitaciones y cuestiones fiscales, pero carece de ellas para cumplir los requisitos de la ley 11.687, como publicacion en el boletín oficial, edictos, oposiciones y demás.
consulte en el buscador este tema pero en ningún caso se hablaba de la cuestión específica que consulto.
desde ya muchas gracias a quien pueda darme una mano.
La verdad que me resulta una complicación cumplir con los requisitos legales que prevé la ley 11.867. Entiendo que de no hacerlo tanto enajenante como adquiriente son responsables solidarios frente a las deudas.
Ahora, mi cliente es el adquirente. Es una sociedad anónima, que tiene un nombre de fantasía y le va a cambiar el nombre al local. Tiene su propio cuit, y tributa tanto en jurisdicción nacional como en provincia de buenos aires. ¿es posible dar de baja la habilitación del enajenante, dar de alta una nueva habilitación a nombre de la socidad adqurente, firmar un nuevo contrato de locación con la propietaria del local comercial y firmar contrato de compraventa por la mercadería y mobiliario y sin riesgos evitar la transferencia del fondo?
la sociedad adquirente tiene experiencia en habilitaciones y cuestiones fiscales, pero carece de ellas para cumplir los requisitos de la ley 11.687, como publicacion en el boletín oficial, edictos, oposiciones y demás.
consulte en el buscador este tema pero en ningún caso se hablaba de la cuestión específica que consulto.
desde ya muchas gracias a quien pueda darme una mano.
