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  • Despido. Liquidacion final y certificados. Reclamo. Dudas.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #984112  por martins
 
Despido sin causa por el trabajador. En la cd se consigna como siempre "liquidacion final y certificados a su disposicion". El empleado necesita el certificado para tramitar el seguro de desempleo. Consulta: Puede cobrar la liquidacion final y recibir los certif laborales y luego reclamar por el despido injustificado? Mi intencion es que no firme nada y que a lo sumo reciba los certificados laborales. Que opinan? Gracias.-
 #984149  por eltam88
 
martins escribió:Despido sin causa por el trabajador. En la cd se consigna como siempre "liquidacion final y certificados a su disposicion". El empleado necesita el certificado para tramitar el seguro de desempleo. Consulta: Puede cobrar la liquidacion final y recibir los certif laborales y luego reclamar por el despido injustificado? Mi intencion es que no firme nada y que a lo sumo reciba los certificados laborales. Que opinan? Gracias.-
Impugna el despido (si fue con causa) qu cobre lo que le den y luego reclama lo pertinente
 #984153  por martins
 
El despido fue sin causa. Puede reclamar igual (art. 245) si percibio previamente la liquidacion final y certficados laborales? Mi temor es que firme algo que no corresponda y luego se dificulte o limite el reclamo.
 #984229  por eltam88
 
SI FUE SIN CAUSA LE VAN A PAGAR TODO. QUE RECIBA TODO LO QUE LE DAN LUEGO SI HAY DIFERENCIAS SE RECLAMAN. ESTO ES LABORAL, LOS DERECHOS SON IRRENUNCIABLES.
 #984360  por martins
 
eltam88 escribió:SI FUE SIN CAUSA LE VAN A PAGAR TODO. QUE RECIBA TODO LO QUE LE DAN LUEGO SI HAY DIFERENCIAS SE RECLAMAN. ESTO ES LABORAL, LOS DERECHOS SON IRRENUNCIABLES.
Muchas gracias eltam88! Seguramente le pagaran la liquidacion final -sueldo de agosto y algun proporcional- pero no la indemnizacion por despido injustificado. Es indistinto que conteste la cd que notifica el despido, intimando a pagar indemnizacion art 245, despues de que cobre la liquidacion final? O conviene hacerlo antes?