Buenas,
Antes que nada, no soy abogado, soy cliente y es la primera vez que tengo que realizar algun tramite legal que requiera uno. Y les traigo una consulta que surge a raiz de una discucion con mi abogada.
En 2011 fallece mi padre y procedo a iniciar la sucesion, con la abogada de mi madre.
Realizamos un convenio donde se acordaba sus honorarios de la siguiente manera, 25% al inicio del tramite, 25% una vez dictada la declaratoria de herederos y el 50% restante al dividir/inscribir los bienes que integran el acervo sucesorio.
En este caso constan del 50% de una propiedad, y lo que se acordo pagar era el 10% de la valuacion fiscal actualizada al momento de realizar el pago, de los bienes que integran el acervo (50% de la casa)
En el 2011 le pague el primer 25% ( un 25%, del 10%, del 50% del valor fiscal del momento) se entiende?
Hoy 2 años despues, siendo momento de pagar el 2do 25%, la abogada me dice que le tengo que pagar un valor equivalente al doble de lo que esperaba pagar, argumentando que partir de mediados del 2012, el valor que se utiliza para este tipo de tramites es la "valuacion fiscal final" o "valuacion fiscal al acto". Que consiste en la valuacion fiscal ajustada x 2.1 ( es decir valuacion fiscal + 110% de la misma)
Consulte en Arba, foros, etc y me dijeron que, este valor solo se utiliza para pagar los impuestos al sello, la tasa de justicia y el impuesto a la transmision gratuita de bienes.
Que los honorarios de mi abogado no tendrian porque ajustarce al coeficiente en cuestion.
Cuando le plantie esto a mi abogada solo se ofendio, me intimo al pago, me dio una fecha limite, me amenazo con dejar la causa y con ejecutarme sus honorarios de mi sueldo, llamo a mi madre y le hizo un escandalo,etc.
Se rehuza a dar mas explicaciones,conversar personalmente, telefonicamente o por mail.
Que opinan? me reservo mas detalles para futuras respuestas.
Antes que nada, no soy abogado, soy cliente y es la primera vez que tengo que realizar algun tramite legal que requiera uno. Y les traigo una consulta que surge a raiz de una discucion con mi abogada.
En 2011 fallece mi padre y procedo a iniciar la sucesion, con la abogada de mi madre.
Realizamos un convenio donde se acordaba sus honorarios de la siguiente manera, 25% al inicio del tramite, 25% una vez dictada la declaratoria de herederos y el 50% restante al dividir/inscribir los bienes que integran el acervo sucesorio.
En este caso constan del 50% de una propiedad, y lo que se acordo pagar era el 10% de la valuacion fiscal actualizada al momento de realizar el pago, de los bienes que integran el acervo (50% de la casa)
En el 2011 le pague el primer 25% ( un 25%, del 10%, del 50% del valor fiscal del momento) se entiende?
Hoy 2 años despues, siendo momento de pagar el 2do 25%, la abogada me dice que le tengo que pagar un valor equivalente al doble de lo que esperaba pagar, argumentando que partir de mediados del 2012, el valor que se utiliza para este tipo de tramites es la "valuacion fiscal final" o "valuacion fiscal al acto". Que consiste en la valuacion fiscal ajustada x 2.1 ( es decir valuacion fiscal + 110% de la misma)
Consulte en Arba, foros, etc y me dijeron que, este valor solo se utiliza para pagar los impuestos al sello, la tasa de justicia y el impuesto a la transmision gratuita de bienes.
Que los honorarios de mi abogado no tendrian porque ajustarce al coeficiente en cuestion.
Cuando le plantie esto a mi abogada solo se ofendio, me intimo al pago, me dio una fecha limite, me amenazo con dejar la causa y con ejecutarme sus honorarios de mi sueldo, llamo a mi madre y le hizo un escandalo,etc.
Se rehuza a dar mas explicaciones,conversar personalmente, telefonicamente o por mail.
Que opinan? me reservo mas detalles para futuras respuestas.