Colegas! estoy ante la siguiente situación: he hecho el intercambio telegráfico contra un empleador al que vamos a llamar Jorge Ramos, le envié varios tcl, todos sistemáticamente devueltos por vencimiento del plazo para que el destinatario los retire, salvo el ultimo donde comunico el despido que fue rechazado. Todos los tcl los envié al domicilio real del Sr. inicié actuaciones en el Ministerio de Trabajo con el mismo nombre y dí el mismo domicilio. Fue notificado pero no se presentó. Inicié demanda y se le corrió traslado (siempre al mismo domicilio) y en su responde el sr Jorge Ramos manifiesta que su nombre completo es Jorge Anibal Ramos, por lo que se funda en esa argumentación para decir que los telegramas no estaban dirigidos a el y con ello me tira abajo también mi intimación por art. 11 LNE... y se me caen multas... también alega que se violó su derecho de defensa en juicio etc... Mi pregunta: es viable que yo responda que el domicilio al que envié las misivas es el correcto, hay identidad entre el nombre que yo consigné y el nombre real que el demandado denuncia, que debió haber recibido las intimaciones que se le cursaban por el ppio de buena fé laboral y que si no se notificó fue por qué no quiso y no porque el medio arbitrado no fue el correcto...
-dhabogada-