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  • Telegrama por Prestaciones dinerarias adeudadas

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #981839  por Quag
 
Buenas! tengo un cliente al cual la ART lo esta tratando por un accidente in ittinere, el tema es que no le estan pagando las prestaciones dinerarias. Llamo a la ART y le dijeron que le empleador deber pagar, luego llamo al empleador y este le dijo que la ART debia pagar :roll:
Cuestion que no me queda otra que intimar a la ART por las prestaciones dinerarias adeudadas y al empleador en forma solidaria no?
Algun modelo de telegrama para reclamar esto?

Gracias!!
 #981895  por Quag
 
Me pasaron este, supongo que sirve... que opinan?

ATENTO A SU OMISIÓN EN EL OTORGAMIENTO DE LAS PRESTACIONES QUE INDICA LA LRT, INTIMO EN UN PLAZO DE 48 HS. HAGA EFEFCTIVA LAS MISMAS BAJO APERCIBIMIENTO DE REALIZAR LA DENUNCIA ANTE LA SUPERINTENDECIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Y LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, RESERVANDOME EL DERECHO DE ACCIONAR JUDICIALMENTE. QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO.
 #981999  por marianoc
 
Yo estoy con un caso similar y preparé esto:

...INITIMO por última vez para que en el plazo perentorio de dos días hábiles me abonen la totalidad de las remuneraciones salariales y asignaciones mensuales de ley que me corresponden en virtud del referido Accidente Laboral, en un todo de conformidad con lo dispues-to por el Art. 13.1.2.3 de la Ley de Riesgos de Trabajo Nº 24.557, con más las actualizaciones salariales e intereses correspondientes. Bajo apercibimiento de impulsar en forma inmediata la aplicación de las sanciones previstas en el Art. 32.1.4.5.6.7 de la LRT, es decir, de im-pulsar las sanciones: a) Dinerarias ante el organismo de contralor (SRT); y b) Las privativas de la libertad ante la Justicia Federal.
 #982044  por Quag
 
marianoc escribió:Yo estoy con un caso similar y preparé esto:

...INITIMO por última vez para que en el plazo perentorio de dos días hábiles me abonen la totalidad de las remuneraciones salariales y asignaciones mensuales de ley que me corresponden en virtud del referido Accidente Laboral, en un todo de conformidad con lo dispues-to por el Art. 13.1.2.3 de la Ley de Riesgos de Trabajo Nº 24.557, con más las actualizaciones salariales e intereses correspondientes. Bajo apercibimiento de impulsar en forma inmediata la aplicación de las sanciones previstas en el Art. 32.1.4.5.6.7 de la LRT, es decir, de im-pulsar las sanciones: a) Dinerarias ante el organismo de contralor (SRT); y b) Las privativas de la libertad ante la Justicia Federal.
Joya, es bastante parecido la modelo que me pasaron, aunque un poco mas detallado.
Gracias colega :wink:
 #985113  por mbba
 
Quag escribió:Buenas! tengo un cliente al cual la ART lo esta tratando por un accidente in ittinere, el tema es que no le estan pagando las prestaciones dinerarias. Llamo a la ART y le dijeron que le empleador deber pagar, luego llamo al empleador y este le dijo que la ART debia pagar :roll:
Cuestion que no me queda otra que intimar a la ART por las prestaciones dinerarias adeudadas y al empleador en forma solidaria no?
Algun modelo de telegrama para reclamar esto?

Gracias!!

Ya se recuperó del in itinere?
cuando sepas que incapacidad le queda (consolidación) aproximadamente, (poder mirar el baremo), pedis el seclo. el siniestro ya esta reconocido si le estan brindando atención desde la art. asi que podes iniciar el juicio, pidiendo la inconstitucionalidad de las comisiones médicas entre otras inconst. que debes pedir.
 #985140  por Quag
 
mbba escribió:
Quag escribió:Buenas! tengo un cliente al cual la ART lo esta tratando por un accidente in ittinere, el tema es que no le estan pagando las prestaciones dinerarias. Llamo a la ART y le dijeron que le empleador deber pagar, luego llamo al empleador y este le dijo que la ART debia pagar :roll:
Cuestion que no me queda otra que intimar a la ART por las prestaciones dinerarias adeudadas y al empleador en forma solidaria no?
Algun modelo de telegrama para reclamar esto?

Gracias!!

Ya se recuperó del in itinere?
cuando sepas que incapacidad le queda (consolidación) aproximadamente, (poder mirar el baremo), pedis el seclo. el siniestro ya esta reconocido si le estan brindando atención desde la art. asi que podes iniciar el juicio, pidiendo la inconstitucionalidad de las comisiones médicas entre otras inconst. que debes pedir.

Aun no le dieron el alta. O sea no puedo reclamar el pago ed las prestaciones dinerarias en forma independiente al futuro reclamo por la incapacidad laboral?
Si o si tengo q esperar y reclamar todo junto????
 #985754  por Quag
 
Puedo iniciar Seclo por las prestaciones dinerarias que se le deben? ya intime y ni me contestaron. Y en caso de que inicie el Seclo, deberia arreglar por las adeudadas y que pasaria con las futuras? se obliga en algo o no?
 #986199  por marianoc
 
Como no tengo mayores precisiones del caso, te recomiendo lo siguiente:

1- Estás seguro de que efectivamente se denunció el accidente en la ART?
2- En caso afirmativo, verificaste en la página de Correo Argentino si la ART efectivamente recibió el telegrama?
3- Inicia inmediatamente la correspondiente denuncia en la SRT y en la Justicia Federal (Art. 32 LRT), que entiendo que es lo que intimaste en el último telegrama. Una vez iniciadas ambas denuncias no creo que sea necesaria iniciar Seclo, ya que ellos seguramente te van a buscar para arreglar.
 #986750  por Quag
 
marianoc escribió:Como no tengo mayores precisiones del caso, te recomiendo lo siguiente:

1- Estás seguro de que efectivamente se denunció el accidente en la ART?
2- En caso afirmativo, verificaste en la página de Correo Argentino si la ART efectivamente recibió el telegrama?
3- Inicia inmediatamente la correspondiente denuncia en la SRT y en la Justicia Federal (Art. 32 LRT), que entiendo que es lo que intimaste en el último telegrama. Una vez iniciadas ambas denuncias no creo que sea necesaria iniciar Seclo, ya que ellos seguramente te van a buscar para arreglar.
1- Si esta con tratamiento por ART
2- Si lo recibio y el empleador tambien
3- Como se inicia en la practica la denuncia ante la SRT?
 #987300  por mbba
 
Quag escribió:
marianoc escribió:Como no tengo mayores precisiones del caso, te recomiendo lo siguiente:

1- Estás seguro de que efectivamente se denunció el accidente en la ART?
2- En caso afirmativo, verificaste en la página de Correo Argentino si la ART efectivamente recibió el telegrama?
3- Inicia inmediatamente la correspondiente denuncia en la SRT y en la Justicia Federal (Art. 32 LRT), que entiendo que es lo que intimaste en el último telegrama. Una vez iniciadas ambas denuncias no creo que sea necesaria iniciar Seclo, ya que ellos seguramente te van a buscar para arreglar.
1- Si esta con tratamiento por ART
2- Si lo recibio y el empleador tambien
3- Como se inicia en la practica la denuncia ante la SRT?
aNDA DIRECTO AL FUERO LÑABORAL. PEDI SECLO, ESTIMA LA INCAPACIDAD Y RECLAMAS LAS PRESTACIONES DINERARIAS. SIN INTIMAR POR NADA.