Buen día colegas, les hago una consulta: en una homologación de convenio entre una aseguradora y un damnificado, se paga tasa de justicia? es en provincia de Bs.As.
Gracias!
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Abogada1985 escribió:Buen día colegas, les hago una consulta: en una homologación de convenio entre una aseguradora y un damnificado, se paga tasa de justicia? es en provincia de Bs.As." ... Conforme lo dispuesto por el art. 292 del Cód. Fiscal y antes de poder aprobar el convenio formulado por las partes, deberá abonarse la tasa de justicia y sobretasa correspondientes al presente juicio, bajo apercibimiento de informarse a sus efectos a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires -ARBA- (arts. 34 inc. 5to. b) del C.P.C.; 292 del Código Fiscal). NOTIFIQUESE.
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abogado_1987 escribió:Abogada1985 escribió:Buen día colegas, les hago una consulta: en una homologación de convenio entre una aseguradora y un damnificado, se paga tasa de justicia? es en provincia de Bs.As." ... Conforme lo dispuesto por el art. 292 del Cód. Fiscal y antes de poder aprobar el convenio formulado por las partes, deberá abonarse la tasa de justicia y sobretasa correspondientes al presente juicio, bajo apercibimiento de informarse a sus efectos a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires -ARBA- (arts. 34 inc. 5to. b) del C.P.C.; 292 del Código Fiscal). NOTIFIQUESE.
Gracias!
Asimismo, requiérase al peticionario adjuntar copia del acuerdo para su respectivo registro (Art. 34 C.P.C.C) ... JUEZ DEL CUERPO DE MAGISTRADOS SUPLENTES. JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL "
mbba escribió:¿?abogado_1987 escribió:Abogada1985 escribió:Buen día colegas, les hago una consulta: en una homologación de convenio entre una aseguradora y un damnificado, se paga tasa de justicia? es en provincia de Bs.As." ... Conforme lo dispuesto por el art. 292 del Cód. Fiscal y antes de poder aprobar el convenio formulado por las partes, deberá abonarse la tasa de justicia y sobretasa correspondientes al presente juicio, bajo apercibimiento de informarse a sus efectos a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires -ARBA- (arts. 34 inc. 5to. b) del C.P.C.; 292 del Código Fiscal). NOTIFIQUESE.
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Asimismo, requiérase al peticionario adjuntar copia del acuerdo para su respectivo registro (Art. 34 C.P.C.C) ... JUEZ DEL CUERPO DE MAGISTRADOS SUPLENTES. JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL "
La paga el demandado! o sea la aseguradora.
