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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #985099  por GGP
 
hola,
mi cliente tiene una inscripcion de autonomo y monotributista de forma simultaneas. cuando quiero calcular el sicam, me surge un mensaje de error.-
alguien sabe como solucionarlo?
gracias.-
 #985117  por lucky
 
Depende de qué época es la inscripción simultánea. Si es posterior a 07/2004, tenés que liquidar ambas cargándolas en la situación de revista. El sistema lo permite. Lo que no permite es discriminar la renuncia. Es decir, si querés renunciar un período te renuncia ambas (AUT y MT), lo que en definitiva es un inconveniente si tenés algún mes en cero (al respecto hice el reclamo y me dijeron que lo pasaban a legales para solucionar ese problema, pero si lo resuelven tardará meses o años).
En cambio, si la simultaneidad es anterior a 07/2004, ahí la AFIP te liquida la parte del monotributo y vos tenés que liquidar AUT en el SICAM, previa edición que hace la AFIP para que te permita realizar la liquidación. Los beneficios se los tenés que informar y los carga AFIP manualmente en la liquidación de MT que hacen ellos.
 #985368  por lilianalp
 
LUKI, buen dia aprovecho que tenes experiencia sobre el tema, yo tengo un caso asi, presente multinota en afip explicando la sitauacion, para que me liquiden monotributo y apliquen renuncia a esos periodos, en realidad tengo que renunciar a todo ese periodo simultaneo (autonomo y monotributo).-

El tema es que todavia no tengo bien diagramado como voy a hacer el resto de sicam porque me falta que mi cliente me corrobore unos aportes que dice que tiene, enotonces me entro la duda una vez que la afip toque el sicam, yo puedo liquidar el resto de los periodos o tendria que tener el sicam definitivo ya hecho y recien ahi pedir que me liquiden monotributo simultaneo???

gracias.-
 #985445  por MARIO1943
 
lucky escribió:Depende de qué época es la inscripción simultánea. Si es posterior a 07/2004, tenés que liquidar ambas cargándolas en la situación de revista. El sistema lo permite. Lo que no permite es discriminar la renuncia. Es decir, si querés renunciar un período te renuncia ambas (AUT y MT), lo que en definitiva es un inconveniente si tenés algún mes en cero (al respecto hice el reclamo y me dijeron que lo pasaban a legales para solucionar ese problema, pero si lo resuelven tardará meses o años).
En cambio, si la simultaneidad es anterior a 07/2004, ahí la AFIP te liquida la parte del monotributo y vos tenés que liquidar AUT en el SICAM, previa edición que hace la AFIP para que te permita realizar la liquidación. Los beneficios se los tenés que informar y los carga AFIP manualmente en la liquidación de MT que hacen ellos.

Si es posterior a 07/2004, tenés que liquidar ambas cargándolas en la situación de revista. El sistema lo permite.
EL SISTEMA NO LO PERMITE
NO S E PUEDEN CARGAR EN SIT. D E REVISTA MANUALMENTE, YA QUE EL MONOTRIBUTO LO CARGA AUTOMATICAMENTE EL SISTEMA Y CON RELACION A AUTONOMOS SI SON DESPUES DEL 7/2004, TAMPOCO LO PODES CARGAR YA QUE SON PREDIODOS NO PRESCRIPTO Y LOS CARGA DIRECTAMENTE EL SISTEMA
 #985449  por lucky
 
Por lo que decís, supongo que la simultaneidad es anterior a julio de 2004. Si es así, la AFIP te tiene que editar el SICAM para que te permita liquidar solamente lo AUT, mientras ellos liquidan el MT. Te tendrías que fijar a ver si hicieron esa edición, y vos podés liquidar.
Una vez que están las dos liquidaciones vuelven a editar el SICAM.
Te diría que pidas que ellos liquiden una vez que vos estés segura de cómo vas a liquidar tu parte. Igualmente preguntá en la Agencia que te corresponda.
En cuanto a los pagos que dice tener tu cliente habría que ver si aparecen en el historial de pagos.
Como mi caso fue de simultaneidad posterior a 2004, finalmente no tuvieron que editar nada porque el sistema permite liquidar AUT y MT, con el único y gran inconveniente de no poder discriminar la renuncia.
 #985451  por lucky
 
Mario, es correcto lo que decís en cuanto a que el sistema ya tiene cargados AUT y MT después de 2004 (períodos no prescriptos).
Fui impreciso, pero quise hacer referencia a la posibilidad de liquidar ambos con posterioridad a esa fecha, lo que difiere al hecho de que la simultaneidad fuera anterior.