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 #984411  por jurisjuris
 
Mi consulta esta relacionada a un bien propio:

Mi padre tenia un bien propio al casarse en terceras nupcias: no tuvieron hijos
propios La esposa reconoce en escritura que es un bien propio.

Del primer matrimonio. Mi padre me tuvo a mi.
Del segundo matrimonio, no tuvieron hijos propios.
Del tercer matrimonio, no tuvieron hijos propios

Fallece mi padre y a los dos años fallece su esposa del tercer matrimonio.

Puntualmente mi pregunta es: siendo bien propio de mi padre, tiene derecho a heredar la esposa y al fallecer tiene derecho los hijos propios de la misma, a heredar

Agradeciendo desde ya el haber recibido mi consulta
 #984556  por diego79
 
No, no tiene derecho.-
 #984568  por diego79
 
Yo no sabía que los muertos podían heredar... El forista, ratón como vos le decis, expresó claramente que la tercer mujer murió a los dos años de morir el padre, por lo tanto la que no sabe nada es otra!!!!
 #984574  por zaffaroni
 
diego79 escribió:No, no tiene derecho.-
ANDA A VENDER VERDURA A LA FERIA DIEGO79, VOS NO PODES ASESORAR A NADIE SINVERGUENZA, PRIMERO TENES QUE RECIBIRTE DE ABOGADO *leo* *leo* YA TE DIJE QUE VAYAS A LAVARTE BIEN EL OJETE, ESE ES EL UNICO PAPEL QUE PODES CONOCER :mrgreen:
 #985104  por diego79
 
Callate "hija de Cuca", él unico que asesoró al forista fui yo, diciendole que era el único heredero, ya que los hijastros no tienen derecho por no haber iniciado el proceso cuando su madre estaba viva, todo lo demás es pura verdura! De la que yo vendo en la feria, como dice zaffaroni, jajajajajaja.-
 #985306  por zaffaroni
 
diego79 escribió:Callate "hija de Cuca", él unico que asesoró al forista fui yo, diciendole que era el único heredero, ya que los hijastros no tienen derecho por no haber iniciado el proceso cuando su madre estaba viva, todo lo demás es pura verdura! De la que yo vendo en la feria, como dice zaffaroni, jajajajajaja.-
ANDA A VENDER LA FRUTA Y VERDURA A LA FERIA DIEGO79, NO LA TIRES ACA. VOS NO PODES ASESORAR A NADIE SINVERGUENZA, PRIMERO TENES QUE RECIBIRTE DE ABOGADO *leo* *leo*
 #985307  por zaffaroni
 
diego79 escribió:Callate "hija de Cuca", él unico que asesoró al forista fui yo, diciendole que era el único heredero, ya que los hijastros no tienen derecho por no haber iniciado el proceso cuando su madre estaba viva, todo lo demás es pura verdura! De la que yo vendo en la feria, como dice zaffaroni, jajajajajaja.-

:shock: :shock: VOS NO PODES ASESORAR A NADIE GUSANO, PRIMERO TENES QUE RECIBIRTE DE ABOGADO *leo* ANDA A LAVARTE EL UPITE :arrow: :arrow:
 #985420  por diego79
 
zaffaroni escribió:
diego79 escribió:Callate "hija de Cuca", él unico que asesoró al forista fui yo, diciendole que era el único heredero, ya que los hijastros no tienen derecho por no haber iniciado el proceso cuando su madre estaba viva, todo lo demás es pura verdura! De la que yo vendo en la feria, como dice zaffaroni, jajajajajaja.-
ANDA A VENDER LA FRUTA Y VERDURA A LA FERIA DIEGO79, NO LA TIRES ACA. VOS NO PODES ASESORAR A NADIE SINVERGUENZA, PRIMERO TENES QUE RECIBIRTE DE ABOGADO *leo* *leo*
Sí, pero a vos te voy a vender toda la podrida, así hace juego con tu personalidad!!!
 #985508  por zaffaroni
 
ANDA A VENDER LA FRUTA Y VERDURA A LA FERIA DIEGO79, NO LA TIRES ACA. VOS NO PODES ASESORAR A NADIE SINVERGUENZA, PRIMERO TENES QUE RECIBIRTE DE ABOGADO *leo* *leo*
 #987560  por Dieciseis
 
jurisjuris escribió:Mi consulta esta relacionada a un bien propio:

Mi padre tenia un bien propio al casarse en terceras nupcias: no tuvieron hijos
propios La esposa reconoce en escritura que es un bien propio.

Del primer matrimonio. Mi padre me tuvo a mi.
Del segundo matrimonio, no tuvieron hijos propios.
Del tercer matrimonio, no tuvieron hijos propios

Fallece mi padre y a los dos años fallece su esposa del tercer matrimonio.

Puntualmente mi pregunta es: siendo bien propio de mi padre, tiene derecho a heredar la esposa y al fallecer tiene derecho los hijos propios de la misma, a heredar

Agradeciendo desde ya el haber recibido mi consulta
Soy abogado y te voy a asesorar.
Al fallecer tu padre, en ese preciso instante, sus bienes pasan en propiedad tuya y de su última cónyuge. Al fallecer esta última heredan sus hijos. Ese bien propio de tu padre ahora les pertenece a vos y tus hermanastros.
 #987561  por Dieciseis
 
Dieciseis escribió:
jurisjuris escribió:Mi consulta esta relacionada a un bien propio:

Mi padre tenia un bien propio al casarse en terceras nupcias: no tuvieron hijos
propios La esposa reconoce en escritura que es un bien propio.

Del primer matrimonio. Mi padre me tuvo a mi.
Del segundo matrimonio, no tuvieron hijos propios.
Del tercer matrimonio, no tuvieron hijos propios

Fallece mi padre y a los dos años fallece su esposa del tercer matrimonio.

Puntualmente mi pregunta es: siendo bien propio de mi padre, tiene derecho a heredar la esposa y al fallecer tiene derecho los hijos propios de la misma, a heredar

Agradeciendo desde ya el haber recibido mi consulta
Soy abogado y te voy a asesorar.
Al fallecer tu padre, en ese preciso instante, sus bienes pasan en propiedad tuya y de su última cónyuge. Al fallecer esta última heredan sus hijos. Ese bien propio de tu padre ahora les pertenece a vos y tus hermanastros.

Si tu última madrastra hubiera muerto antes que tu padre, en ese caso ella no hubiera heredado, dado que los muertos no heredan, y no se hubiera dado el resultado actual en el que terminás compatiendo la propiedad con tus hermanastros.
 #994514  por jurisjuris
 
Gracias a todos por evacuar mi consulta, no soy yo el del probrema, a mi me consultó una persona y simplemente yo lo transmití en este foro aunque volcaron diversas interpretaciones, me fue de utilidad, gracias nuevamente. *leo* *cafe*