Hola gente.
Tengo el caso de un encargado unico de un campo que se tiene que tomar licencia laboral por una enfermedad no laboral.
El tiene su vivienda en el campo donde trabaja, y el dueño del campo debe tomar ahora a alguien que lo suplante.
Mi pregunta es : Que pasa con la vivienda? Si el encargado ahora enfermo vive ahi y tiene todas sus cosas, y no hay otra casa en ese campo, tiene que dejarlo en la vivienda aunque no trabaje y la vivienda sea necesaria para quien lo reemplaza?
Lo estoy buscando en la ley agraria pero no dice nada.
Si alguien sabe agradezco
Saludos
Tengo el caso de un encargado unico de un campo que se tiene que tomar licencia laboral por una enfermedad no laboral.
El tiene su vivienda en el campo donde trabaja, y el dueño del campo debe tomar ahora a alguien que lo suplante.
Mi pregunta es : Que pasa con la vivienda? Si el encargado ahora enfermo vive ahi y tiene todas sus cosas, y no hay otra casa en ese campo, tiene que dejarlo en la vivienda aunque no trabaje y la vivienda sea necesaria para quien lo reemplaza?
Lo estoy buscando en la ley agraria pero no dice nada.
Si alguien sabe agradezco
Saludos