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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #98331  por Mariel Itatí­
 
Hola colegas le hago una pregunta, tengo un cliente que estaba trabajando en una empresa, (resgistrado) y le pagaban por quincena (su remuneración variaba entre $350 y $450) y su empleador le daba los recibos de sueldo pero solamente de la primer quincena (fotocopia simple) y la segunda se las "guardaba aparentemente".-

En el recibo de sueldo figura entre 125 y 130 hs trabajadas, con una remuneración que jamás respetó las escalas salariales (convenio Colectivo 335/75 para la CCT para la Industria Maderera)
El trabajaba de lunes a viernes de 6 a 12 y de 13 a 18 hs y los sábdos de 8 a 12Hs (hay horas extras)

Datos:
Fecha de Ingreso:08/08/2005
F. Despido Sin Justa Causa: 18/11/2006 (1 año 3 meses y 10 días si no me equivoco)
MRNH: $495 Ojo aca es quincenal no mensual ( el art 245 dice mejor remuneración, mensual, normal y habitual!! por eso mi duda!)

Cómo tengo que hacer la planilla?
1.-Tomo el mejor sueldo por quincena? o lo que él relamente cobraba por mes? Porque aparentemente le hacía figurar por quincena y les pagaba la otra mitad en negro.-

2.-Ademas de los rubros que se tiene en cuenta en estos casos puedo reclamar indemnización por registración defectuosa o por trabajo en negro? y qué otra cosa?

3.-Lo único que tengo como prueba son las copias de los recibos y los testigos, qué otra cosa me aconsejan?

Finalmente si alguien me manda un modelo de demanda laboral, porque quisiera comparar nada mas por si me falta algo, especialemnte en la parte de la prueba que se piden los libros obligatorios, ya que tengo que presentar esta demanada este año :!: :!: :!:
Besitos y gracias :roll:

 #98459  por MORGAN
 
Lo despidió sin causa y no lo indemnizó?.
Toma las dos mejore quincenas o el mejor mes es lo mismo.
Por supuesto que le podés reclamar las diferencias salariales si el de convenio es mayor al convenido.
Horas extras adeudadas; salarios adeudados; etc.
En principio tené la idea de que es probable de que sea la única prueba de que te vas a valer -testigos y alguna documental-.
Los recibos están firmados de puño y letra o es una impresión o copia?.

 #98472  por Mariel Itatí­
 
Si lo despidió y no lo indemnizó!!!
Los recibos son fotocopias, que como dije en el post anterior el empleador siempre le dió fotocopias con su firma pero solamente de la primer quincena..
Mi duda es qué monto tomo para la base del cálculo?
la mejor remuneración quincenal y el resto lo reclamo como rubro aparte de diferencias salariales y registración defectuosa(Art. 9), o bien le sumo el monto de la quincena mas el otro monto en negro (que sería de la 2º quincena que no tiene recibos de sueldo pero los cobraba siempre)?
Qué me aconsejas?

Otra cosa también le tengo al padre de este chico que trabajó 6 meses y al misma fecha lo despidió a los 2, en la demanda hago un litisconsorcio activo?(misma causa, mismo objeto, mismo demandado)

Gracias!!!

 #98496  por MORGAN
 
Como fue el despido directo o indirecto?.
De que art. 9 hablas? del de la ley 24013?. Pediste se lo registre correctamente antes del despido?.
Sí, podés unificar el reclamo de ambos.

 #98510  por Mariel Itatí­
 
el despido fué Directo por CD que dice asi " Atento a la persistente caida de la demanda, que redunda en una restructuración que deberá realizar la empresa, le comunico que a partir de la fecha prescindo de sus servicios, haberes e indemnizaciónes legales correspondientes a su disposición"
El tema es que nunca le pagó indemnización alguna a ninguno de los dos, y ese telegrama fue contestado por el Sindicato, yo le pedí que me lo traiga y no lo encuentran.-
De ahi hicimos el reclamo por ante el Ministerio de Trabajo, pero los funcionarios del ministerio nunca le pudieron notificar al empleador, siempre ponían excusas, entonces declinamos la vía administrativa y ahora estoy por iniciar la demanda laboral.-
Me olvidé que para reclamar por el art 9 hay que intimar previamente aclarar la situación laboral, entonces que hago?

 #98570  por MORGAN
 
Es un despido directo así pongan en el texto que el mismo obedece a que se le murió una vaca o que solo digan prescindimos de sus servicios. No corresponde ninguna de las multas de la 24013, solo podés reclamar la establecida en la 25323 art. 1., además de las indemnizaciones por despido incausado acordate que también entra el decreto 1433/2005.
Intimá urgente a que le abonen esos rubros por plazo dos días hábiles porque después le reclamás otro plus.

 #98680  por gallemaricel
 
MORGAN escribió:Es un despido directo así pongan en el texto que el mismo obedece a que se le murió una vaca o que solo digan prescindimos de sus servicios. No corresponde ninguna de las multas de la 24013, solo podés reclamar la establecida en la 25323 art. 1., además de las indemnizaciones por despido incausado acordate que también entra el decreto 1433/2005.
Intimá urgente a que le abonen esos rubros por plazo dos días hábiles porque después le reclamás otro plus.
Hola, estuve viendo el tema del decr 1433/05 y ley 25972, y creo q ya no se aplicaria el aumento.
Te copio lo q aparece en infoleg al final del art. 4 de la ley 25972

-Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 1224/2007 B.O. 11/9/2007 se declara cumplida la condición prevista por el primer párrafo del presente artículo

-Nota Infoleg: Por art. 1º del Decreto Nº 1433/2005 B.O. 23/11/2005 se fijó en el 50% el adicional previsto en el segundo párrafo del presente artículo. Vigencia: a partir del 1º de diciembre de 2005. Porcentaje adicional anterior: 80% (art. 1º del Decreto Nº 2014/2004 B.O. 7/1/2005))

 #98697  por MORGAN
 
De que aumento hablás Galle fijate la fecha de despido que dice la consulta corressponde el decreto 1433/2005, el 50% de la indemnizaciónes.

 #98703  por gallemaricel
 
Consulta: en este caso se aplica el derecho vigente al momento del reclamo (despido)o cuando ocurrieron los hechos?

 #98716  por Mariel Itatí­
 
El despido fue en noviembre del 2006!!!