Hola: A ver si alguien me puede ayudar, estoy haciendo una demanda por un despido a un delegado gremial sin que se haya realizado previamente el procedimiento de la exclusión de tutela, por lo cual a la indemnización que le correspondería como si se tratara de un empleado común debo adicionar la indemnización agravada que preveé la ley 23551. Ahora bien, el actor tiene remuneraciones variables puesto que realizaba horas extras, por lo cual no sé exactamente cuál es mi base de cálculo, puesto que si bien la LCT dice que se trataría de la mejor remuneración mensual, normal y habitual, encontré un plenario "Brandi Roberto c/ Lotería Nacional", que me dice "para el cálculo de la indemnización por despido no deben ser promediadas las remuneraciones variables, mensuales, normales y habituales". Esta inquietud surge más que nada porque puntualmente en este caso hubo un mes de salario que duplica al resto, y es justamente por el exceso de horas extras.
Aguardo info!!!!
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