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  • RECLAMO DE HONORARIOS.. HAY FECHA DE PRESCRIPCION?

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #598314  por 2362
 
Hola a todos, necesito citar jurisprudencia provincial y nacional respecto a la prescripcion decenal en el cobro de honorarios ya regulados, en un caso hay sentencia firme y terminó alli (sin traba de embargo ni inhibición alguna) y en otro caso NUNCA notificó sus honoirarios regulados en el año 1992 a la actualidad estásn prescriptos pero la Caja de Abogados me pide que integre el pago de esos aportes y pienso que es injusto ya que una parte debe abonar el cliente pero otra es obligación del letrado y encima hay que actualizar con intereses, me parece que no corresponde pero me falta jurisprudencia para fundamentar esteo. mil gracias. besos-
 #620578  por anisol
 
estoy en la misma.....
para colmo a la abogada se le pagó! y no presentó carta de pago.. por ende.. no consta en el expediente haber cobrado sus honorarios. Y la regulación es del año 87!
 #905695  por analiavramirez
 
Disculpen, me llega u cliente con un acuerdo de nov 07 donde se establecen costas por su orden ,en 04/2010 el letrado intimo por honorarios conf su parecer(15% del monto del convenio privado) e inicio exped por cobro de pesos en base a lo que entiende debe cobrar o conf lo determine SS y lo notifico en 10/2012, estuvo +de 1 año sin movimiento-.
el cliente le hizo una oferta pero la rechazo, asi que no me queda otra mas que analizar el reclamo y contestarla.
Entiendo que deberia interponer la prescripcion conf art 4032 inc 1, es decir la bienal porque no fueron regulados ni convenidos durante dos años desde su intervencion en nov 2007.
Que opinan?
 #905745  por anisol
 
En mi caso me concedieron la prescripción de honorarios ya regulados en el año 86 pero no notificados. Cuando presente el escrito por prescripción tuve q notificar a la abogada. La notifique bajo resp actora. Como respondió en plazo corresp. Se dicto la prescripción de los honorarios.
 #905748  por anisol
 
"en materia de prescripción de ⁠honorarios⁠ debe distinguirse entre el derecho a cobrarlos, cuando ya han sido regulados, y el derecho a que se regulen dado que, mientras en el primer caso se aplica la prescripción decenal, en el segundo rige la ⁠bienal⁠ (conf. CC0101 MP, 108.834, sent. del 21-XII- 1999;).
 #979265  por Maru72
 
Hola tengo una regulacion de honorarios por su orden en un divorcio, mi cliente se notifico de los mismos. Yo no hice ni testimonio ni oficio, ni me pago los aportes previsionales, es en prov. de Bs. As. Ahora le quiero ejecutar los mismos, me rige la prescripción decenal no?. Gracias
 #983321  por mariaerre
 
hola vuelvo a preguntar ¿que ocurre si estan regulados y el letrado interesado no los notifico ni renuncio al patrocinio y hace diez años de est? no termino su labor no pidio se libre oficio ni expedicion de testimonio y me presento como patrocinante nueva de la clienta ¿como procedo?
 #987358  por almida
 
Hola , no se si entendi bien: si ya termino el juicio tengo 2 años para pedir la regulacion, una vez regulados tengo 10 años para cobrarlos.Mi duda es si los 10 años corren desde que regularon el honorario ( y no los notifico) o si tuve que haberlos notificado.gracias Lili
 #993606  por nesta
 
En el link hay una nota interesante sobre el tema: http://diariojudicial.com.ar/fuerocivil ... -0008.html
Al letrado le comenzó a correr el plazo de prescripción desde la sentencia y no desde la notificación. Es un criterio mas, pienso q deberian correr desde la notificación.

En los autos “Manganiello, Fausta c/Realini, Juan Gabriel y otro/a s/Ejecucion honorarios”, los integrantes de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Dolores entendieron que el plazo de prescripción de los honorarios de un letrado rigen desde el momento en que fueron regulados y no cuando el deudor es notificado.