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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #987261  por lolalp
 
muy buen dia gente:
les solicito ayuda fin de poder proseguir con el tema

1) despues de casi 3 años de busqueda de la otra parte he conseguido dar traslado y notificar la demanda
2) el 11/9 se cumplio en exceso el art 838 del CPCC y no se presento
consulta
ademas de en el escrito adjuntar cedula debidamente diligenciada, deberia solicitar se proceda conforme lo establce el 840 del CPCC? Muchas Gracias...
 #987509  por AgusV
 
desconozco tu código procesal por lo que decis te referis a solicitar la rebeldía. Y si. presentas tu cedula y tu escrito solicitando que se lo declare en rebeldía y que se prosiga en consecuencia con el juicio. saludos. agus
 #987776  por lolalp
 
hola buenas tardes..gracias AgusV y Santiheladero, por sus respuestas...si voy a pedir 840 y que sea el juzg. quien determine en todo caso..
MUY BUEN FIN DE SEMANA...