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  • DESPIDO POR SUSTRACCION

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #987451  por Martinfiberman
 
Colegas la situacion es la siguiente:

Un cliente me consulto porque lo acusan de "destruir y sustraer" unos elementos de trabajo. Trabajaba para una empresa, era electricista, utilizo unos materiales inherentes a su actividad, que habitualmente se encontraban en un deposito general y los guardo en su deposito, aparentemente sin ningun tipo de "segundas intenciones". Los empleadores advierten esto y le dicen de palabra que no fuera mas a trabajar. Va al sindicato y le hacen un telegrama de 2 renglones diciendo que "aclaren situacion laboral bajo apercibimiento de considerarse despedido"... Flojito para mi gusto. La patronal, no responde ese telegrama, es decir no lo rechaza, sino que por medio de CD despide al trabajador, involucrandolo en esta situacion confusa utilizando terminos tales como "sustraccion y daños de materiales", "perdida de confianza" etc y todo acreditado en acta notarial. Interpreto que el acat dira donde se encontraba ese elemento de trabajo, porque la foto del supuesto robo no existe!!!Si bien no hay una imputacion clara, SUSTRAER Y ROBAR o HURTAR, es practicamente lo mismo. El sindicato responde con telegrama, negando todo e intimando a que abonen la indemnizacion toda vez que la causal es falsa etc. La patronal no responde mas. Yo pensaba reiterar ese telegrama, dejando bien clara la situacion, porque lo que le hicieron en el sindicato me da la sensacion que , si bien no esta mal, no aclara demasiado. Es muy generico. a partir de ahi, pedir un seclo, asegurarme de que no exista denuncia penal y ver que pasa. Lo ven bien de esta manera??? Me gustaria escuchar sus sugerencias. Gracias.
 #987601  por MORGAN
 
es suficiente con el rechazo de la causa que se hizo. no es conveniente agregar cuestiones que después pueden perjudicar la táctica. por un error podrías estrechar el margen de maniobras para el futuro juicio. no hay que mostrar todas las cartas al principio.
 #987918  por Martinfiberman
 
Gracias MORGAN! Si, la causal fue rechazada de manera generica por el sindicato. Pero es verdad que muchas veces uno por querer aclarar, mete la pata... Gracias, voy a llevarlo al Seclo y despues veo.
 #989138  por Martinfiberman
 
El Seclo lo pido como "despido sin causa" reclamando 245,232,233 etc sin ninguna mencion a lo ocurrido no? Disculpa la pregunta, peor nunca hice un Seclo en un caso como este.
Gracias
 #989159  por dagaboasol
 
En seclo es muy informal, solo interesa la liquidacion y si hay un acuerdo, pues los conciliadores cobran mas si lo hay por lo tanto no te dejes guiar x lo q te dice, poneles los puntos como lo hago yo. No son jueces, así q no pinchan y ni cortan.

P.D.: Algunos xq son viejos, se la recreen, tuve uno q le tuve que poner los puntos mal, y me dijo Dra. Ud. es muy joven muy apasionada, blablabla. Le dije Dr. Estoy defendiendo ni mas ni menos los intereses de mi cliente, y a parte tengo este carácter naturalmente, y con respecto las multas, el juez lo decidirá en el caso si llegara a un juicio.

Son conciliadores, nada mas, no están para impedir un juicio, están para que las partes concilien y firmar un acuerdo y punto.

Los acuerdos si estan mal hecho vuelven obsevado y t quedas :shock:
 #989161  por dagaboasol
 
Caliente con los conciliadores, :evil: no te dije puntualmente lo q preguntabas :mrgreen:
Si desp.sin causa, no menciones eso, alla si queres hablalo pero es innecesario por lo q t conte ut-supra.

Misión de paz, pero no t comas bardeadas sutiles de esos viejos pelotudos :twisted:
 #989190  por Martinfiberman
 
Gracias por tu respuesta Sol. Si, se que se hacen los "tratadistas", pero en eso coincidimos, yo tambien tengo caracter. Hace tiempo que estoy alejado de Capital, ejerzo en Pcia. Los ultimos Seclos los hice alla por el 2005-2006 cuando trabajaba para un estudio,por eso hasta que me acomode, surgen algunas dudas. te hago 2 consultas, abusando de tu amabilidad:

Las multas , proceden en esta instancia?
La liquidacion practicada, debe ser exacta?

Te pregunto esto porque , en algunos casos, se puede conciliar porsupuesto si todos estan de acuerdo. Pero si haces una liquidacion muy fina y elevada, corres el "alea" de que no se concilie. El Seclo no es vinculante, en cuanto al monto reclamado, por lo tanto en la demanda podes pedir otro mas arriba, dentro de cierta logica. Yo presento una liquidacion aproximada, de acuerdo a lo que pretenda con ese reclamo.
Gracias nuevamente por tu respuesta.
 #989196  por GU
 
En el seclo se cobra, monto mas, monto menos, rubros indemnizatorios y liquidación final. Despues, de acuerdo al caso en concreto, se pueden discutir algunas cuestiones (remuneración percibida vs. devengadas, diferencias salariales, horas extras y otros chiches). Pero a grandes rasgos, los acuerdo seclo son por los primeros rubros.

Y porque no las multas? Porque si queres cobrar todo no hay conciliación, hay arrodillada. Si queres las multas, a litigar.

Salutes!
 #989211  por Torito
 
Buenas...

Para mi gusto muy flojito el rechazo de la causal de despido por parte del sindicato, pero bueh, es lo que hay.

Yo muchas veces cuando heredo un intercambio telegráfico pobre, lo hago saber con expresa mención en la demanda.

Respecto a la liquidación, es como ya dijeron. Generalmente se concilia por los rubros indemnizatorios (245, preaviso, SAc, Vac y haberes). YO a veces meto en la liquidación la multa de la 25.323 pero solo para hacer bulto, ya que nunca te lo pagan en un Seclo.

Tema conciliadores: los hay de todo tipo!! Hay algunos que me sacan de quisio!!!! :evil: