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 #983266  por LorePerez
 
Estimados colegas, pueden ayudare con este proveido???
A ver si estoy en lo correcto. Lo q tengo q hacer seria presentar un escrito diciendo q ya los letrados fueron desinteresados d sus honorarios (xq tanto el anterior como yo, ya cobramos) y adjuntar una boleta de q???? y puedo pedir la innscripcion entonces????


"Tiénese presente la notificación efectuada y una vez acompañados los comprobantes de pago de los aportes de los letrados intervinientes, se considerará el cumplimiento del art. 21 de la ley 6716.-
Agréguese y dáse por cumplido con lo requerido a fs. 76 último párrafo, en consecuencia corresponder proceder a la regulación de honorarios correspondiente, considerando el mérito e importancia de las tareas desarrolladas y etapas cumplidas, y tomando como base el monto del acervo hereditario que se transmite ($10.000.-), regúlanse los honorarios del Dr. .......... -en su carácter de letrado patrocinante por su actuación en la 1° y parte de la 2° etapa- en la suma de $....- y los del Dr. ............ -en su carácter de letrado patrocinante por su actuación en parte de la 2° y 3° etapa- en la suma de $.............- (Arts. 2, 9, 13, 14, 16, 21, 22, 23, 28, 35 y cc. de la Ley 8904 ), suma a la que se adicionará el 5% que determina el art. 14 de la ley 6716 (ref.por Ley 8455) y el IVA si correspondiere.-
Asimismo, deberá el peticionante dar cumplimiento con lo dispuesto por la Resolución Nº 432 de la SCJBA del 29/02/00, debiendo denunciar Número de C.U.I.L.; C.U.I.T. o C.I.D. de los herederos declarados.-
Regístrese. Notifíquese.-
Dáse por acreditado el pago de la tasa de justicia y su respectivo porcentual".-

Es mi primer causa en pcia y no lo tengo muy en claro.

Gracias.
 #983288  por msal
 
LorePerez escribió: y adjuntar una boleta de q???? y puedo pedir la innscripcion entonces????
Para inscribir te van a pedir que adjuntes la boleta de los aportes jubilatorios,(aportes pertinentes a la Caja de Previsión Social ) y del del pago de ingresos brutos, y además tu confirmación de que cobraste los honorarios. El art. 21 de la ley 6716 determina, que ningún juez o tribunal podrá dar por cumplidas las sentencias, sin antes haberse pagado los honorarios y aportes y contribuciones que correspondan por ley, de conformidad con su regulación, respecto de los profesionales de las partes a quienes beneficie la medida.
suerte
 #983293  por sutriz
 
HOLA
Cada letrado tiene que pagar los aportes: 15% sobre lo que le han regulado ( 10% a cargo del letrado y 5% sobre juicio voluntario). Se paga con la boleta de aportes que bajás de la página de la Caja de previsión de Pcia Bs. As., una parte de la boleta se acompaña al expediente, cuando la bajés te vas a dar cuenta.
Además tenés que pagar, según estés inscripta, Ingresos Brutos, 3,5% de lo que te regularon (esto lo pagás con el formulario de ARBA: R-114 V2 ) ó IVA( no se cuanto ni con que formulario).
Luego hacés un escrito dandote por paga y acompañando como prueba de ello las partes de las boletas que dicen "para el expediente".
En el mismo escrito podés denunciar, los números de CUIT de los herederos y acompañar, copia de los DNI y los CUIT .
Espero te ayude. Saludos
 #983294  por LorePerez
 
Muchisimas gracias Colegas!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! Me han sido de mucha ayuda, gracias por sus respuestas. :)
 #987625  por juani2012
 
Hola tengo una consulta urgenteee!!! Los pagos de anticipos de honorarios efectuados mediante el formulario R-114 V2 , son pagos anticipados del impuesto, que los mismos deben computarse en la presentacion de la DJ mensual. Ahora mi contadora cuando me hace la DJ mensula no surgen los anticipos y los tengo que volver a pagar. Como se hace? Espero una pronta respuesta. Ah otro dato ella me dice que también tiene que tener la boleta R-114 cuit del que me esta reteniendo, o sea sería el Juzg. Yo no entiendo nada de esto y la verdad que me parece que ella no me ayuda. HELPPPPPPPPPPPPPp
 #989795  por juani2012
 
juani2012 escribió:Hola tengo una consulta urgenteee!!! Los pagos de anticipos de honorarios efectuados mediante el formulario R-114 V2 , son pagos anticipados del impuesto, que los mismos deben computarse en la presentacion de la DJ mensual. Ahora mi contadora cuando me hace la DJ mensula no surgen los anticipos y los tengo que volver a pagar. Como se hace? Espero una pronta respuesta. Ah otro dato ella me dice que también tiene que tener la boleta R-114 cuit del que me esta reteniendo, o sea sería el Juzg. Yo no entiendo nada de esto y la verdad que me parece que ella no me ayuda. HELPPPPPPPPPPPPPp
PORFA NECESITO RESPUESTASSS
GRACIAS