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  • resolvieron de CARRSS al fin, desfaborable!!!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #987453  por draclaudia
 
despues de más de un año resolvieron desfaborablemente un recurso de revisión de jubilación denegada con SICAM mas SDM enviado a la carrss Y nunca lo resolvían, mandamos pronto despacho hace como 2 meses y al fin se resolvió.... la señora esta en condiciones de volver a hacer la moratoria y completa pq tiene excedente de edad, cual sería el paso a seguir...baja del sicam????
 #987495  por diego79
 
Primero tenés que ir a la afip para que te den de baja todo ese SDM que compraste y fue rechazado, después, cuando tenga blanqueada su sit. de revista, le compras el período pedis turno y la presentas, saludos.-
 #987505  por zaffaroni
 
diego79 escribió:Primero tenés que ir a la afip para que te den de baja todo ese SDM que compraste y fue rechazado, después, cuando tenga blanqueada su sit. de revista, le compras el período pedis turno y la presentas, saludos.-

:lol: :lol: :lol: :lol: MAMMITA MIA :shock: :shock: ANDA A TIRAR LA FRUTA A LA FERIA DIEGO79
 #987508  por zaffaroni
 
draclaudia escribió:despues de más de un año resolvieron desfaborablemente un recurso de revisión de jubilación denegada con SICAM mas SDM enviado a la carrss Y nunca lo resolvían, mandamos pronto despacho hace como 2 meses y al fin se resolvió.... la señora esta en condiciones de volver a hacer la moratoria y completa pq tiene excedente de edad, cual sería el paso a seguir...baja del sicam????
dele de baja al sicam e inicie todo de nuevo, no hace falta que vaya a la afip ni ninguna sanata como le dijo el chanta de diego79, una verguenza que permitan a este tipo seguir mandando fruta
 #987600  por sandrao
 
Buen día. Yo tuve el mismo caso (me lo denegaron en Anses y no fui a la CARSS), di de baja el Sicam, armé otro y presenté una nota diciendo que por no necesitarlo pedía no tomar el SDM, ya salió acordada.
Suerte
 #987694  por draclaudia
 
gracias Zaffaroni, ya tenia preparada la nota para dar de baja el SICAM y estoy segura que es como decis, pq sería un nuevo expediente y como tiene pagos con SDM hago la nota que dice sandrao...gracias.
 #987696  por pilar77
 
zaffaroni escribió:
diego79 escribió:Primero tenés que ir a la afip para que te den de baja todo ese SDM que compraste y fue rechazado, después, cuando tenga blanqueada su sit. de revista, le compras el período pedis turno y la presentas, saludos.-

:lol: :lol: :lol: :lol: MAMMITA MIA :shock: :shock: ANDA A TIRAR LA FRUTA A LA FERIA DIEGO79

Verguenza ajena... no sé para que opina si no sabe!!!
 #987792  por diegomdp
 
zaffaroni y pilar no se ni me interesa saber la interna que tienen o los problemas que pudieron llegar a tener con el forista diego79, pero eso no quita que diego79 pueda llegar a tener algo de razon no porque este bien sino porque todo dependera lo que le pidan en la udai, la respuesta de diego79 no es descabellada y es posible que le pidan la desafectacion de los pagos, como tambien puede ser que no se la pidan, todo dependera de lo que se le ocurra al iniciador de turno o computista llegado al caso, como los inutiles que manejan anses hacen un engendro de normas y circulares por ahi a alguno se le ocurre decir que no haga ningun tramite previo y aplique la circular 32/12 que dice:

Desconocimiento de la relación laboral

Por quien invoca los servicios.
El “desconocimiento” de la relación laboral por el propio interesado impone descartar los servicios oportunamente invocados, en la inteligencia que la relación laboral nunca existió, atendiendo al hecho que la “confesión” constituye la prueba más importante y eficaz que existe en el proceso (probatio probatissima) y a los principios de primacía de la realidad y verdad objetiva (Dictamen N° 48.271).
Lo expuesto sólo se aplica en aquellos casos en que existe resolución denegatoria del beneficio y el titular o su apoderado interpone recurso administrativo, con fundamento en dicho supuesto.
Por lo tanto, el titular no puede, al inicio del trámite, desconocer los servicios domésticos que surgen en el SIPA, ya que esta circular no está dirigida a este supuesto.

pero no nos olvidemos la circular 22/13 habla de desafectacion de pagos y que lamentablemente hay que hacerla en afip y no a traves de la ccam como dice la circular, en teoria esta circualr se aplicaria cuando queres presentar un tramite desde cero y no cuando tenes denegado ya los servicios como en este caso pero vieron que en anses saben poco y tienen bastante poco criterio.

saludos
 #987856  por pilar77
 
diegomdp escribió:zaffaroni y pilar no se ni me interesa saber la interna que tienen o los problemas que pudieron llegar a tener con el forista diego79, pero eso no quita que diego79 pueda llegar a tener algo de razon no porque este bien sino porque todo dependera lo que le pidan en la udai, la respuesta de diego79 no es descabellada y es posible que le pidan la desafectacion de los pagos, como tambien puede ser que no se la pidan, todo dependera de lo que se le ocurra al iniciador de turno o computista llegado al caso, como los inutiles que manejan anses hacen un engendro de normas y circulares por ahi a alguno se le ocurre decir que no haga ningun tramite previo y aplique la circular 32/12 que dice:

Desconocimiento de la relación laboral

Por quien invoca los servicios.
El “desconocimiento” de la relación laboral por el propio interesado impone descartar los servicios oportunamente invocados, en la inteligencia que la relación laboral nunca existió, atendiendo al hecho que la “confesión” constituye la prueba más importante y eficaz que existe en el proceso (probatio probatissima) y a los principios de primacía de la realidad y verdad objetiva (Dictamen N° 48.271).

Lo expuesto sólo se aplica en aquellos casos en que existe resolución denegatoria del beneficio y el titular o su apoderado interpone recurso administrativo, con fundamento en dicho supuesto.
Por lo tanto, el titular no puede, al inicio del trámite, desconocer los servicios domésticos que surgen en el SIPA, ya que esta circular no está dirigida a este supuesto.

pero no nos olvidemos la circular 22/13 habla de desafectacion de pagos y que lamentablemente hay que hacerla en afip y no a traves de la ccam como dice la circular, en teoria esta circualr se aplicaria cuando queres presentar un tramite desde cero y no cuando tenes denegado ya los servicios como en este caso pero vieron que en anses saben poco y tienen bastante poco criterio.

saludos
Yo no tengo ni me interesa tener interna ni nada con ese tipo que es un chanta total, el problema lo tiene el con todos los que le decimos algo que no quiere escuchar... durante un montón de tiempo nos dijo que era abogado y resultó que no lo era, luego nos trató de ladrones por cobrar 3 haberes y lo peor es que lo veo asesorando en un montón de cuestiones para las que tenés que ser abogado!! ese es si querés el tema con ese impresentable.
Respecto a lo que planteas de la AFIP jamás me ocurrió y en los últimos 3 meses presenté en cuatro UDAIS diferentes expedientes con SDM denegados sin necesidad de desafectar nada... por eso me parece que en tal caso lo más acertado seria decirle a la forista que abrió la consulta que averigue el criterio en la UDAI donde tiene el turno para la reapertura, pero no mandarla derecho a la AFIP... pero bueno viniendo de quien viene no me extraña!! buen finde a todos
 #987869  por RamonUDAIQuilmes
 
draclaudia escribió:despues de más de un año resolvieron desfaborablemente un recurso de revisión de jubilación denegada con SICAM mas SDM enviado a la carrss Y nunca lo resolvían, mandamos pronto despacho hace como 2 meses y al fin se resolvió.... la señora esta en condiciones de volver a hacer la moratoria y completa pq tiene excedente de edad, cual sería el paso a seguir...baja del sicam????

Jubilá si podes a tu clienta como abogada sin inscripción en tu caja de abogados a ver si opodes. Cuando logres hacerlo ahí tendrás la autoirdad moral de poder criticar a la Anses. Ustedes los abogados son lo peor que hay, están para destruir lo que ustedes no pueden manejar y lo que manejan lo destruyen. Vayan a jubilar gente a su caja y cobrenles 3 haberes, pero no vengan a la Anses a robar a nuestros abuelos, ellos no necesitan gente que los estafe.
 #988158  por zaffaroni
 
diegomdp escribió:zaffaroni y pilar no se ni me interesa saber la interna que tienen o los problemas que pudieron llegar a tener con el forista diego79, pero eso no quita que diego79 pueda llegar a tener algo de razon no porque este bien sino porque todo dependera lo que le pidan en la udai, la respuesta de diego79 no es descabellada y es posible que le pidan la desafectacion de los pagos, como tambien puede ser que no se la pidan, todo dependera de lo que se le ocurra al iniciador de turno o computista llegado al caso, como los inutiles que manejan anses hacen un engendro de normas y circulares por ahi a alguno se le ocurre decir que no haga ningun tramite previo y aplique la circular 32/12 que dice:

Desconocimiento de la relación laboral

Por quien invoca los servicios.
El “desconocimiento” de la relación laboral por el propio interesado impone descartar los servicios oportunamente invocados, en la inteligencia que la relación laboral nunca existió, atendiendo al hecho que la “confesión” constituye la prueba más importante y eficaz que existe en el proceso (probatio probatissima) y a los principios de primacía de la realidad y verdad objetiva (Dictamen N° 48.271).
Lo expuesto sólo se aplica en aquellos casos en que existe resolución denegatoria del beneficio y el titular o su apoderado interpone recurso administrativo, con fundamento en dicho supuesto.
Por lo tanto, el titular no puede, al inicio del trámite, desconocer los servicios domésticos que surgen en el SIPA, ya que esta circular no está dirigida a este supuesto.

pero no nos olvidemos la circular 22/13 habla de desafectacion de pagos y que lamentablemente hay que hacerla en afip y no a traves de la ccam como dice la circular, en teoria esta circualr se aplicaria cuando queres presentar un tramite desde cero y no cuando tenes denegado ya los servicios como en este caso pero vieron que en anses saben poco y tienen bastante poco criterio.

saludos
NO ME GUSTAN LA GENTE QUE ESTAFA A LA GENTE Y MENOS QUE MENOS SI SE HACE PASAR POR ABOGADO PARA TAL FIN Y ESO ES LO QUE HACE ESTA RATA SINVERGUENZA. ANDA CONTESTANDO CUALQUIER VERDURA, EN EL PARTICULAR NO LE DIJO AL FORISTA LA VERDAD DE LA MILANESA.
 #988160  por zaffaroni
 
RamonUDAIQuilmes escribió: Jubilá si podes a tu clienta como abogada sin inscripción en tu caja de abogados a ver si opodes. Cuando logres hacerlo ahí tendrás la autoirdad moral de poder criticar a la Anses. Ustedes los abogados son lo peor que hay, están para destruir lo que ustedes no pueden manejar y lo que manejan lo destruyen. Vayan a jubilar gente a su caja y cobrenles 3 haberes, pero no vengan a la Anses a robar a nuestros abuelos, ellos no necesitan gente que los estafe.
EN LUGAR DE PREOCUPARTE POR NUESTRA CAJA, ANDA A CONTROLAR A LULU 7 COLORES QUE HOY DOMINGO DEBE ESTAR ATENDIENDO EL KIOSCO TAMBIEN, HACE HORAS Y DIAS EXTRAS LA MUY SINVERGUENZA :mrgreen: :mrgreen: SI DE VERDAD TE PREOCUPA TU UDAI ANDA A PONER ORDEN QUE HACE BASTANTE FALTA :mrgreen: