Como están tengo un expte tramitando en cap con sentencia a favor de mi clienta en una liquidación de sociedad con liquidación aprobada (supongamos condena a pagar $ 10.000,00) e intimado de pago el demandado.
El tema es que el ofrece dar en pago un auto que le tenemos embargado y unas cuotas en dinero efectivo. (paga el total 10.000,00)
Sin quitas ni nada la idea es asignar un valor al automotor y el resto en las cuotas en efectivo.
El tema es como lo instrumento? como instrumentar de manera segura la transferencia del auto levantamiento de embargo mediante oficio.
Si bien entiendo que el juz no va a homologar porque ya dictó sentencia tendrá presente y mandará inscribir el auto eso sí no?
Alguien tiene experiencia en situaciones similares. Y si tienen claro, el contenido del acuerdo.
Saludos.
y gracias
El tema es que el ofrece dar en pago un auto que le tenemos embargado y unas cuotas en dinero efectivo. (paga el total 10.000,00)
Sin quitas ni nada la idea es asignar un valor al automotor y el resto en las cuotas en efectivo.
El tema es como lo instrumento? como instrumentar de manera segura la transferencia del auto levantamiento de embargo mediante oficio.
Si bien entiendo que el juz no va a homologar porque ya dictó sentencia tendrá presente y mandará inscribir el auto eso sí no?
Alguien tiene experiencia en situaciones similares. Y si tienen claro, el contenido del acuerdo.
Saludos.
y gracias
