Hola a todos tengo una duda con respecto a la tasa de justicia.
Es una sucesión de conyuge y 2 hijos en caba. el acervo son dos bienes inmuebles gananciales. Se debe abonar el 1,5% sobre el 50% de la valuación fiscal de los inmuebles? Ya que hay un solo causante y en este caso solo se transmite el 50%. O se debe abonar sobre el 100%?. En la boleta de deposito puedo poner solo el total a pagar?
Muchas gracias por las respuestas
Es una sucesión de conyuge y 2 hijos en caba. el acervo son dos bienes inmuebles gananciales. Se debe abonar el 1,5% sobre el 50% de la valuación fiscal de los inmuebles? Ya que hay un solo causante y en este caso solo se transmite el 50%. O se debe abonar sobre el 100%?. En la boleta de deposito puedo poner solo el total a pagar?
Muchas gracias por las respuestas