Buenas tardes foristas, resulta que hace unos días me dictaronsentencia en un laboral donde mi cliente estaba registardo parcialmente, es decir no desde su real fecha de ingreso, y con una categoria laboral inferior.
El tema es que en la sentencia me rechazaron la antiguedad por que la testimonial ofrecida no llegaba a contrarestar la certeza de la documental laboral.
Sin embargo, el juez insolitamente respecto a la categoria laboral me dió la razón, y determino que la categoria con la que habia sido registardo mi cliente era inferior a la que relamente cumplia en los hechos.
Pero luego, como dije, al momento de analizar la antiguedad hizo plena prueba de esa documental laboral que poco antes la habia declarado viciada en cuanto a la categoria laboral, ¿se entiende?
Lo que necestaria si alguien tiene, es alguna jurisp o doctrina que diga que cuando una documental laboral es declarada parcialmente nula (en mi caso por la erronea categoria laboral) ya no puede hacer plena fe del resto de su contenido (en mi caso, antiguedad laboral). Es decir que ese vicio que se detecto con la categoria laboral le quita fuerza probatoria en su integridad. Espero haber sido lo suficientemente claro, mchas gracias a quien pueda aportame algo, saludos...
El tema es que en la sentencia me rechazaron la antiguedad por que la testimonial ofrecida no llegaba a contrarestar la certeza de la documental laboral.
Sin embargo, el juez insolitamente respecto a la categoria laboral me dió la razón, y determino que la categoria con la que habia sido registardo mi cliente era inferior a la que relamente cumplia en los hechos.
Pero luego, como dije, al momento de analizar la antiguedad hizo plena prueba de esa documental laboral que poco antes la habia declarado viciada en cuanto a la categoria laboral, ¿se entiende?
Lo que necestaria si alguien tiene, es alguna jurisp o doctrina que diga que cuando una documental laboral es declarada parcialmente nula (en mi caso por la erronea categoria laboral) ya no puede hacer plena fe del resto de su contenido (en mi caso, antiguedad laboral). Es decir que ese vicio que se detecto con la categoria laboral le quita fuerza probatoria en su integridad. Espero haber sido lo suficientemente claro, mchas gracias a quien pueda aportame algo, saludos...