Buen día a todos, les queria consultar si opinan que el cambio de sucursal de una empleada lejos de su domicilio el cual fue motivado por el cierre de la sucursal donde desempeñaba labores y con el fin de conservar su fuente de empleo encuadraria en el Art. 66 LCT (IUS VARIANDI). Agradezco sus comentarios, muchas gracias