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  • robo de automotor pago de prima

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 #987825  por GuilleGimenez62
 
Estimados Colegas

planteo situacion:

Automotor robado hace 90 dias.
la prima del seguro se sigue cobrando.
El titular esta fallecido y ya se esta por inscribir en el Registro (unos dias mas)
Es exigible el pago de la prima al Asegurado (en este caso la heredera) dado el tiempo transcurrido?

interpreto de la ley 17418 art 2, 46, 49, 56

1-Ya no hay riesgo asegurable pues el evento dañoso previsto ocurrio (robo) art 2
2-El asegurador debe pronunciarse dentro de los 30 dias de recibida la informacion del art 46 (ese plazo ya se cumplio acabadamente) art 56
3-la omision de pronunciarse importa aceptaqcion. art 56

Consutas:

1-el hecho de que todavia falte la presentacion del titulo inscripto a nombre de los derechohabientes implica no haber cumplido con la denuncia en los terminos del art 46?

2-Si es asi, los plazos del art 56 no corren?

3-si no es asi, mi cliente tiene derecho a exigir: el no pago de la prima y a que la CIA SE EXPIDA DE UNA BUENA VEZ?

GRACIAS

DcGui