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 #984847  por mbba
 
Estimados, dos consultas.
Cuánto tengo que pagar de tasa de justicia para inscribir un automovil? se paga sobre tasa? (caba)
Y la otra es , se sigue pagando en banco ciudad?

gracias!!!!
 #984983  por abogado_1987
 
mbba escribió:Estimados, dos consultas.
Cuánto tengo que pagar de tasa de justicia para inscribir un automovil? se paga sobre tasa? (caba)
Y la otra es , se sigue pagando en banco ciudad?

gracias!!!!
¿ en una sucesión ?

¿ bien ganancial ?

¿ bien propio ?
 #985013  por mbba
 
abogado_1987 escribió:
mbba escribió:Estimados, dos consultas.
Cuánto tengo que pagar de tasa de justicia para inscribir un automovil? se paga sobre tasa? (caba)
Y la otra es , se sigue pagando en banco ciudad?

gracias!!!!
¿ en una sucesión ?

¿ bien ganancial ?

¿ bien propio ?
Gracias por contestar. Es una sucesión, un bien ganancial a nombre de ambos conyuges, que ahora se va a inscribir solamente a nombre de la hija, unica heredera junto con la esposa, quien da el consentimiento.
 #985334  por abogado_1987
 
mbba escribió:
abogado_1987 escribió:
mbba escribió:Estimados, dos consultas.
Cuánto tengo que pagar de tasa de justicia para inscribir un automovil? se paga sobre tasa? (caba)
Y la otra es , se sigue pagando en banco ciudad?

gracias!!!!
¿ en una sucesión ?

¿ bien ganancial ?

¿ bien propio ?
Gracias por contestar. Es una sucesión, un bien ganancial a nombre de ambos conyuges, que ahora se va a inscribir solamente a nombre de la hija, unica heredera junto con la esposa, quien da el consentimiento.
tené presente ...

"... ARTICULO 2º — A todas las actuaciones, cualquiera sea su naturaleza, susceptibles de apreciación pecuniaria se aplicará una tasa del TRES POR CIENTO (3%), siempre que esta ley u otra disposición legal no establezca una solución especial para el caso. Esta tasa se calculará sobre el valor del objeto litigioso que constituya la pretensión del obligado al pago según lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 9º de la presente ley, con las modalidades y excepciones previstas por la misma.

ARTICULO 3º — La tasa se reducirá en un CINCUENTA POR CIENTO (50%) en los siguientes supuestos: ...
c) Juicios sucesorios;
...

ARTICULO 4º — Para la determinación de la tasa se tomarán en cuenta los siguientes montos: ....
g) En los juicios sucesorios, el valor de los bienes que se transmitan, ubicados en jurisdicción nacional, que se determinará como lo establece en los incisos c) y d) del presente artículo.
En los supuestos de bienes ubicados en extraña jurisdicción, el valor establecido en el artículo 3º, inciso c) se reducirá a la mitad; ...

TASAS JUDICIALES
Ley Nº 23.898
 #987301  por mbba
 
Gracias! Ya me dieron la inscripción =)
Te consulto algo más: A tal fin líbrese oficio al Registro de la Propiedad
Automotor, dejándose constancia en el mismo de los autorizados para
correr con su diligenciamiento, así como para firmar la
documentación que fuere menester.-
Facilítese el expediente en préstamo por el plazo de 72
hs., a los fines pertinentes, bajo recibo.-

Ese es el proveido que salió. Vos sabes como hago para incribir el auto? hago el oficio y llevo el 08 al juzgado y luego voy al registro? Para que me dan en préstamo el expte?

Mil gracias
 #987575  por abogado_1987
 
mbba escribió:Gracias! Ya me dieron la inscripción =)
Te consulto algo más: A tal fin líbrese oficio al Registro de la Propiedad
Automotor, dejándose constancia en el mismo de los autorizados para
correr con su diligenciamiento, así como para firmar la
documentación que fuere menester.-
Facilítese el expediente en préstamo por el plazo de 72
hs., a los fines pertinentes, bajo recibo.-

Ese es el proveido que salió. Vos sabes como hago para incribir el auto? hago el oficio y llevo el 08 al juzgado y luego voy al registro? Para que me dan en préstamo el expte?

Mil gracias
respecto de la inscripción en el registro >
1. Título de propiedad del automotor
2. Oficio (más dos copias)
3. Documento de identidad de los herederos (DNI, LE, etc) ORIGINAL + FOTOCOPIA
4. Constancia de CUIT / CUIL / CDI de los herederos , firmada por ellos
5. Formulario 08, completa el letrado autorizado en oficio en el RPA que corresponda (credencial del colegio y DNI certificación de firma solo con DNI )
6. Cédula verde, cuando se retira el nuevo título de propiedad se entrega la cédula vieja, el registro entrega nueva cédula verde.
7. Cónyuge del heredero, solo apellido y nombres (08)
8 . $ 546 sellados, formularios, etc agosto de 2013
 #988599  por mbba
 
abogado_1987 escribió:
mbba escribió:Gracias! Ya me dieron la inscripción =)
Te consulto algo más: A tal fin líbrese oficio al Registro de la Propiedad
Automotor, dejándose constancia en el mismo de los autorizados para
correr con su diligenciamiento, así como para firmar la
documentación que fuere menester.-
Facilítese el expediente en préstamo por el plazo de 72
hs., a los fines pertinentes, bajo recibo.-

Ese es el proveido que salió. Vos sabes como hago para incribir el auto? hago el oficio y llevo el 08 al juzgado y luego voy al registro? Para que me dan en préstamo el expte?

Mil gracias
respecto de la inscripción en el registro >
1. Título de propiedad del automotor
2. Oficio (más dos copias)
3. Documento de identidad de los herederos (DNI, LE, etc) ORIGINAL + FOTOCOPIA
4. Constancia de CUIT / CUIL / CDI de los herederos , firmada por ellos
5. Formulario 08, completa el letrado autorizado en oficio en el RPA que corresponda (credencial del colegio y DNI certificación de firma solo con DNI )
6. Cédula verde, cuando se retira el nuevo título de propiedad se entrega la cédula vieja, el registro entrega nueva cédula verde.
7. Cónyuge del heredero, solo apellido y nombres (08)
8 . $ 546 sellados, formularios, etc agosto de 2013


Mil gracias por tu ayuda!!!
 #988749  por abogado_1987
 
mbba escribió:
abogado_1987 escribió:
mbba escribió:Gracias! Ya me dieron la inscripción =)
Te consulto algo más: A tal fin líbrese oficio al Registro de la Propiedad
Automotor, dejándose constancia en el mismo de los autorizados para
correr con su diligenciamiento, así como para firmar la
documentación que fuere menester.-
Facilítese el expediente en préstamo por el plazo de 72
hs., a los fines pertinentes, bajo recibo.-

Ese es el proveido que salió. Vos sabes como hago para incribir el auto? hago el oficio y llevo el 08 al juzgado y luego voy al registro? Para que me dan en préstamo el expte?

Mil gracias
respecto de la inscripción en el registro >
1. Título de propiedad del automotor
2. Oficio (más dos copias)
3. Documento de identidad de los herederos (DNI, LE, etc) ORIGINAL + FOTOCOPIA
4. Constancia de CUIT / CUIL / CDI de los herederos , firmada por ellos
5. Formulario 08, completa el letrado autorizado en oficio en el RPA que corresponda (credencial del colegio y DNI certificación de firma solo con DNI )
6. Cédula verde, cuando se retira el nuevo título de propiedad se entrega la cédula vieja, el registro entrega nueva cédula verde.
7. Cónyuge del heredero, solo apellido y nombres (08)
8 . $ 546 sellados, formularios, etc agosto de 2013


Mil gracias por tu ayuda!!!
Imagen
 #989396  por mbba
 
Pregunt a pelotuda. EL titulo original esta glosado al expte, porque lo tuve que acompañar para pedir la inscripción. Tengo que pedir el desglose no? el expte me lo dan en prestamo. No se bien para que.
 #989405  por abogado1987
 
mbba escribió:Pregunt a pelotuda. EL titulo original esta glosado al expte, porque lo tuve que acompañar para pedir la inscripción. Tengo que pedir el desglose no? Si ... acompañaría fotocopia del mismo y solicitaria se certifique por la actuaria en relación al original y se ordene el desglose del título original ...
 #1007760  por mbba
 
Una pregunta mas. Voy a inscribir otro automovil, que al ser viejo, ya no recibe patentes. Entonces, de donde saco el valor para calcular la taasa de justicia? gracias
 #1008052  por abogado_1987
 
mbba escribió:Una pregunta mas. Voy a inscribir otro automovil, que al ser viejo, ya no recibe patentes. Entonces, de donde saco el valor para calcular la taasa de justicia? gracias
si está asegurado,
acompañaría póliza de seguro
en la que conste el valor asegurado ...

en prov de Buenos Aires
“Lomas de Zamora, de Julio de 2013.-
. . .
A efectos de imprimir economía y celeridad en el trámite del proceso, hágase saber a las partes intervinientes, que en forma previa a requerir la inscripción de el o los bienes que componen el acervo hereditario, deberán acreditarse los siguientes extremos, según se trate de:
....
II) BIENES MUEBLES REGISTRABLES-AUTOMOTORES-: 1) Certificado de dominio libre de gravamen ( RPA); 2) valuación vigente ( fiscal-DIR RENTAS); en caso de no tratarse de un rodado valuado por el Organismo recaudador, acompáñese publicación de revista especializada en el rubro o tasación expedida por concesionaria; 3) título de propiedad original ( ley 14467); 4) Declaración jurada patrimonial; 5) pago de tasa y sobretasa de justicia ( cfr. Código Fiscal y ley 8455).-
 #1011994  por mbba
 
abogado_1987 escribió:
mbba escribió:Una pregunta mas. Voy a inscribir otro automovil, que al ser viejo, ya no recibe patentes. Entonces, de donde saco el valor para calcular la taasa de justicia? gracias
si está asegurado,
acompañaría póliza de seguro
en la que conste el valor asegurado ...

en prov de Buenos Aires
“Lomas de Zamora, de Julio de 2013.-
. . .
A efectos de imprimir economía y celeridad en el trámite del proceso, hágase saber a las partes intervinientes, que en forma previa a requerir la inscripción de el o los bienes que componen el acervo hereditario, deberán acreditarse los siguientes extremos, según se trate de:
....
II) BIENES MUEBLES REGISTRABLES-AUTOMOTORES-: 1) Certificado de dominio libre de gravamen ( RPA); 2) valuación vigente ( fiscal-DIR RENTAS); en caso de no tratarse de un rodado valuado por el Organismo recaudador, acompáñese publicación de revista especializada en el rubro o tasación expedida por concesionaria; 3) título de propiedad original ( ley 14467); 4) Declaración jurada patrimonial; 5) pago de tasa y sobretasa de justicia ( cfr. Código Fiscal y ley 8455).-

Gracias, acompañe tasaciones de mismo vehiculo de mercado libre. Espero que sirva!
 #1012375  por abogado_1987
 
mbba escribió:
abogado_1987 escribió:
mbba escribió:Una pregunta mas. Voy a inscribir otro automovil, que al ser viejo, ya no recibe patentes. Entonces, de donde saco el valor para calcular la taasa de justicia? gracias
si está asegurado,
acompañaría póliza de seguro
en la que conste el valor asegurado ...

en prov de Buenos Aires
“Lomas de Zamora, de Julio de 2013.-
. . .
A efectos de imprimir economía y celeridad en el trámite del proceso, hágase saber a las partes intervinientes, que en forma previa a requerir la inscripción de el o los bienes que componen el acervo hereditario, deberán acreditarse los siguientes extremos, según se trate de:
....
II) BIENES MUEBLES REGISTRABLES-AUTOMOTORES-: 1) Certificado de dominio libre de gravamen ( RPA); 2) valuación vigente ( fiscal-DIR RENTAS); en caso de no tratarse de un rodado valuado por el Organismo recaudador, acompáñese publicación de revista especializada en el rubro o tasación expedida por concesionaria; 3) título de propiedad original ( ley 14467); 4) Declaración jurada patrimonial; 5) pago de tasa y sobretasa de justicia ( cfr. Código Fiscal y ley 8455).-

Gracias, acompañe tasaciones de mismo vehiculo de mercado libre. Espero que sirva!
Imagen
 #1039306  por mbba
 
Buenas, sigo incribiendo bienes en la suseción, la consulta es la siguiente:

Tengo una sucesión que tramita en Caba. hay dos herederas, de las cuales una le va a ceder el 50% a la otra de un bien que tenemos que inscribir en Prov. Bs As (TIgre).
Preguntas:
1.- lo primero es hacer la cesión por escribano?
2.- Con la cesión la presento en el expte y pido la inscripción de la misma más la del bien a nombre de la heredera que va a tener el 100%?
3.- qué certificados debo acompañar para que me libren el oficio? dominio, cesión e inhibición?
4.- qué % de tasa debo pagar? sobre el valor fiscal no?
5.- el estado parcelario también lo presento al momento de pedir el oficio?
6.- qué me falta?

Mil gracias!
mbba