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  • Matriculación y obligaciones previsionales y fiscales

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 #98381  por fabiandd
 
Hola gente¨:
Les agradecería me aclaren algunas cuestiones. En principio me voy a matricular en Capital. Luego voy a matricularme en Provincia (donde estoy domiciliado). ¿Debo afiliarme igualmente a la Caja de Bs As y abonar los mínimos establecidos? Les aclaro que actualmente trabajo en el Estado y obviamente aporto a la seguridad social.
En el caso de la DGI, debo sacar el CUIT ¿e inscribirme como monotributista?
En el caso de Ingresos Brutos, si me inscribo en Capital y luego en Provincia ¿debo tributar por el Convenio Multilateral?.
Por último, en caso de regulación de honorarios ¿se emite factura?
Desde ya les agradezco infinitamente.

 #98446  por jfrotela
 
fabian, si te matriculas en capital estas exento por 2 años de todo arancel (colegio y cassaba), en provincia te matan ni bien pones un pie adentro. te cobran los aranceles segun edad y antigüedad. O sea que tendrias un triple aporte... con un solo beneficio en el futuro...

En capital creo que el monotributo no es necesario, denuncias cuil solamente (no estoy seguro)

Si vas a trabajar en ambas jurisdicc. es conveniente te inscribas en el convenio multilateral

Siempre tenes que emitir factura y tributar IIBB (siempre que el honorario sea regulado y conste especificamente... se entiende no?)

Saludos. Franco

 #98545  por luhen
 
Con respecto a la exencion en Capital que menciona Franco, me parece que es de dos años pero contando desde la fecha de emision del titulo, no desde la fecha de matriculacion. Averigua bien en el colegio, porque mi titulo es de 2004 y este año ya pague matricula y yo me matricule en el 2005.-
Saludos
Lucila

 #98546  por luhen
 
Con respecto a la exencion en Capital que menciona Franco, me parece que es de dos años pero contando desde la fecha de emision del titulo, no desde la fecha de matriculacion. Averigua bien en el colegio, porque mi titulo es de 2004 y este año ya pague matricula y yo me matricule en el 2005.-
Saludos
Lucila

 #98553  por fabiandd
 
Franco, Lucila, muchas gracias.

 #98656  por andreis28
 
la exencion es desde la emision del titulo, por otro lado yo tambien primero me matricule en capital y luego en provincia, que es donde vivo, pero ahroa me doy cuenta que deberia haberlo hecho al revez, porque cuando te matriculas en capital (igual en provincia) el colegio te hace llenar un formulario respecto de la adhesion a las respectivas cajas. En capital, cassaba tambien te exime de pagar durante los mismo dos años. Yo ahora tampoco tengo claro que hacer con cassaba ya que mi idea es aportar solo en provincia. En cassaba creo que presentando comprobantes de estar trabajando en relacion de dependencia te exoneran del aporte anual. En provincia tenes que aportar estes o no trabajando en relacion de dependencia paralelamente.
Si tenes que emitir factura tanto en capital como provincia necesitas estar inscripto en afip como monostributista, pero como ya tenes aporte jubilatorio solo tenes que aportar la cuota impositiva que son $33 (la categoria mas baja) una vez que haces ese tramite te inscribis en Ingresos Brutos en el convenio multilateral, solo pagas (creo que el 3%) de los honorarios que efectivamente factures, (en provincia ese 3% y los de capital solo el 20% de ese 3% -cuando vas a rentas te lo explican bien-) si un mes no facturas nada solo tenes que presentar una declaracion jurada en Rentas que manifieste un ingreso 0, en cambio en el monotributo tenes que pagar todos los meses del 1 al 7 de cada mes.
Te cuento que si tenes que cobrar honorarios de una compañia de seguros si o si tenes que tener factura proque sino no cobras nada, en los demas casos lo podes pilotear vos.
fabiandd escribió:Franco, Lucila, muchas gracias.
 #98758  por Alejandra Radua
 
fabiandd escribió:Hola gente¨:
Les agradecería me aclaren algunas cuestiones. En principio me voy a matricular en Capital. Luego voy a matricularme en Provincia (donde estoy domiciliado). ¿Debo afiliarme igualmente a la Caja de Bs As y abonar los mínimos establecidos? Les aclaro que actualmente trabajo en el Estado y obviamente aporto a la seguridad social.
En el caso de la DGI, debo sacar el CUIT ¿e inscribirme como monotributista?
En el caso de Ingresos Brutos, si me inscribo en Capital y luego en Provincia ¿debo tributar por el Convenio Multilateral?.
Por último, en caso de regulación de honorarios ¿se emite factura?
Desde ya les agradezco infinitamente.

Fabián: En Capital Federal los profesionales están exentos de abonar ingresos brutos.

 #98867  por yamila diana white
 
Hola a todos.. Al tema solo agregare que segun la ley de cassaba (q no me acuerdo el nro..) mientras que uno este al dia con los aportes de la caja de pcia, se exime de pagar los aportes a cassaba.. estimo q habria q invocar el articulo en algun lindo escrito que pienso hacer, ya que estoy en la misma situcion, con la diferencia q ya estoy matriculada en CASI. Saludos colegas!!!

 #98915  por fabiandd
 
Andreis, Ale, Yami, muchas gracias