Hola colegas!
Pregunto lo siguiente:
Sucesión CAPITAL FEDERAL.
Inmueble Pcia de BS AS
Inscripción de DH en el RPI de la PCIA de BS As.
Letrada autorizada en el TESTIMONIO LEY tiene matricula en CAPITAL no es PCIA de bS As.
Ademas, es firmante del OFICIO que tambien requiere el oficio para inscribir.
OBSERVAN la inscripción, y EL GESTOR NNNOO me sabe explicar!!!
Requieren que cumpla con DTRS 8/81 y 2/03
Alguien que me de una mano???
Tengo que sustituir facultades de esa letrada que solo tiene matricula de capital en una con matricula de provincia??
Quien hace la visacion ley 22172 y ante quien? Colegio de Capital?? de esa abogada autorizada en el testimonio, que es quien hizo la sucesiòn o de la nueva abogada en quien se sustituyan las facultades ante la caja de prevision bs as.??
Pregunto lo siguiente:
Sucesión CAPITAL FEDERAL.
Inmueble Pcia de BS AS
Inscripción de DH en el RPI de la PCIA de BS As.
Letrada autorizada en el TESTIMONIO LEY tiene matricula en CAPITAL no es PCIA de bS As.
Ademas, es firmante del OFICIO que tambien requiere el oficio para inscribir.
OBSERVAN la inscripción, y EL GESTOR NNNOO me sabe explicar!!!
Requieren que cumpla con DTRS 8/81 y 2/03
Alguien que me de una mano???
Tengo que sustituir facultades de esa letrada que solo tiene matricula de capital en una con matricula de provincia??
Quien hace la visacion ley 22172 y ante quien? Colegio de Capital?? de esa abogada autorizada en el testimonio, que es quien hizo la sucesiòn o de la nueva abogada en quien se sustituyan las facultades ante la caja de prevision bs as.??