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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #98919  por matias1034
 
Hola a todos, les agradecería mucho si me podrían enviar un modelo de demanda de Regimen de Visistas. La madre que es mi clienta, esta tramitando la tenencia, el esta rebelde, pero ella quiere demostrar su buena fe pidiendole un regimen de visistas al juez, en favor de demandado...que nunca dio la cara...pero bueno...agradecería si me podrían pasar un modelo, soy de Pcia. de Buenos Aires.
Desde ya, muchas gracias.

 #98927  por sabri79
 
ahi va el modelo....

INICIA INCIDENTE SOBRE REGIMEN PROVISORIO DE VISITAS. AUTORIZA.
Sr. Juez:
xxxxxxxxxxxxxxxxx, por derecho propio, con domicilio real en xxxxxxxxxxxxxxxxxx. x, constituyendo el procesal en xxxxxxxxxxPiso 2° depto. G, con el patrocinio letrado del Dr. xxxxxxxxxxxxxx, (T° xxx F°xxxxxxxxxx C.P.A.C.F) quien a sus efectos propios lo constituye en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, a V.S. respetuosamente me presento y digo:
I- SOLICITA REGIMEN PROVISORIO DE VISITAS.
Solicito, como medida precautoria, se fije régimen de visitas a mi favor sobre la persona de mi hijo xxxxxxxxxxxxxxx, el cual se encuentra actualmente en un ambiente totalmente pernicioso para su bienestar psíquico, moral y emocional, debido al trato que recibe de su padre y la cónyuge de este, sin olvidar el hecho de que se me impide sistemáticamente mantener contactos asiduos con el menor.
Por el relato ut-supra de los hechos puede deducirse que el señor xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx actúo de manera reiteradamente desaprensiva con respecto a nuestro hijo GUSTAVO, a través de conductas como el no pago de cuotas alimentarias, incumplimiento de régimen de visitas acordado, ponerlo de testigo en situaciones traumáticas como cuando manifestó su intención de traer otra mujer e nuestro hogar conyugal, y como corolario de todo esto, sustraerlo del imprescindible contacto con su madre.
En la actualidad mi hijo pasa sus días en un ambiente hostil, por el hecho de convivir con un padre que actúo de esa manera con él, y con la cónyuge de este que le hace su permanencia en el hogar tan insoportable, que mi hijo prefería acompañar a su padre al trabajo nocturno con tal de no estar con una persona que, directamente, lo odiaba.
A todo esto debo agregar que mi hijo debe forzosamente escuchar toda clase de reproches y mentiras sobre mi persona (según me lo ha contado él mismo en alguna oportunidad), lo cual configura un serio perjuicio para la moral y la psiquis de cualquier niño, especialmente si tenemos en cuenta que dichas invectivas provienen de su propio padre. Todas estas conductas tienden claramente a anular cualquier vestigio de afecto que GUSTAVO pueda tener hacia su madre, lo cual en el largo plazo le resultara harto perjudicial, ya que no le dicen la verdad.
Debo agregar a lo anterior que dichas calumnias vertidas sobre mi buen nombre ya están surtiendo efecto en mi hijo, ya que, en los últimos y brevisimos contactos que pude establecer con él, me trato con desprecio y hasta violencia.
De todo esto resulta que mi hijo GUSTAVO no recibe la atención, la estabilidad y el afecto necesarios para su normal desarrollo intelectual, educacional, emocional y psíquico, siendo mi deber legal (arts. 264 bis, 264 ter, y 306 del código civil) velar por su seguridad y bienestar.
La verosimilitud del derecho se funda en la circunstancia de que, desde el mes de septiembre de 2004, me veo prácticamente imposibilitada de mantener contacto fluido con mi hijo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por la conducta ilícita de su padre xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxE, quien en dicha época incumplió gravemente con el régimen de tenencia compartida establecido oportunamente en sede judicial, llevándose al menor a vivir con él hasta la fecha e impidiéndome prácticamente todo contacto con aquel.
El peligro en la demora: mi derecho de visitas puede frustrarse de no dictarse la medida precautoria que solicito, ya que el menor esta sometido a una fuerte presión psicológica por su progenitor, tendiente a rechazarme como madre. Lo cual implica que, si me someto a los plazos del proceso ordinario, la animosidad ya existente del menor hacia mí puede aumentar y hacer que este no quiera tener ninguna relación conmigo, pese a una eventual sentencia a mi favor.
Dejo constancia que V.S. es competente para entender en las presentes actuaciones por imperio de lo establecido en el art. 6 inc. 4 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
II- DERECHO:
Fundo mi derecho en las siguientes disposiciones legales: Arts. 264,265,267, y 271 del código Civil y Comercial; como así también los Arts. 3.1 y 18.1 de la convención de los derechos del niño.
Jurisprudencia y Doctrina:
“... el derecho de visitas del progenitor es, a su vez, un deber de este, que consulta el interés del hijo, que tiene derecho a ser visitado por el padre o la madre en caso de separación de sus progenitores.” ( Bossert, G,A. Y Eduardo A. Zannoni. Manual de derecho de familia, Buenos Aires, 2001. P 396), lo cual hace patente la ilegalidad del comportamiento del actor mientras no mantuvo contacto asiduo con su hijo.
“... Todo padre que ejerce la tenencia de su hijo menor tiene a su cargo deberes de carácter complejo para con él y para con su madre. Al privilegio de la convivencia cotidiana con el menor es necesario correlato el fiel cumplimiento del régimen de visitas establecido por sentencia o acuerdo. Al derecho de fijación de su vivienda en lugar beneficioso para el menor sigue, en orden lógico, él deber de comunicar fehacientemente este traslado a la progenitora para que esta pueda adecuar su rol laboral de tal modo de poder cumplir adecuadamente con su rol maternal. Al derecho de educar al niño se vincula la necesaria insistencia en la participación materna para esos fines, mas aun cuando no existe perdida de la patria potestad que es compartida a partir de la sanción de la ley 23. 264. Y en general a todo pacto que determine régimen de visitas corresponde su sujeción estricta por ambos padres salvo causas debidamente comprobadas.
Si de la prueba se evidencia el reiterado incumplimiento del padre a las obligaciones que había contraído y su olvido para con su madre del menor sin justificación alguna corresponde modificar lo acordado por las partes y otorgar la tenencia a la madre. En ciertos casos el incumplimiento del régimen de visitas por la intervención obstruccionista del padre es actitud denotativa suficiente como prueba de la falta de comprensión del delicado papel que esta obligado a cumplir el progenitor”
III- CONEXIDAD.
En conexidad con los autos “cccccccccccccccccccccccs/ TENECIA” expediente N°50926/04 que tramita ante vuestro juzgado.
V- AUTORIZA:
Que autorizo a pasar vista del presente expediente, sacar fotocopias, desglosar todo tipo de documentación, retirar oficios, folios de seguridad, testimonios y cualquier otra pieza procesal que haga al normal tramite del proceso, al Dr. cccccccccccccccc
IV- PETITORIO:
- Se tenga por iniciado el presente incidente.
- Se tenga por constituido el domicilio.
- Se tengan presentes las autorizaciones conferidas.
- Se tenga presente la conexidad solicitada.
PROVEER DE CONFORMIDAD
QUE SERA JUSTICIA

 #98941  por usuario
 
Yo no lo tramitaría como incidente.

 #98944  por sabri79
 
pero no tendria que ir como un incidente del expte de tenencia que se esta llevando a cabo? yo entinedo que si

 #99054  por Dr. 8
 
Estimada Sabri, yo considero que no. La tenencia es independiente del régimen de visitas, más podrías solcitar la conexidad.

La tenencia, alimentos y régimen de visitas son incidentes en el proceso de divorcio vincular.
 #99125  por matias1034
 
Les explico, en Pcia. de Buenos Aires, hay una etapa previa que tramita en el Colegiado de Familia...luego si no hay conciliación como fue este caso, hay que meter la demanda en ese mismo Expte. Ocurre que son 3 Exptes. separados, alimentos, tenencia y Regimen, y ello porque de ese modo lo inicio una defensoría, yo tome parte posteriormente, cuando ya existian 3 Exptes. con identidad de actores y demandados... si lo hubiese iniciado yo, hubiese metido todo junto en el mismo Expte. pero ya esta hecho asi, y yo tomo parte en el momento en que esta agotada la etapa previa.
Muchas gracias por el modelo y por todas las opiniones

 #99295  por sabri79
 
Dr. 8 escribió:Estimada Sabri, yo considero que no. La tenencia es independiente del régimen de visitas, más podrías solcitar la conexidad.

La tenencia, alimentos y régimen de visitas son incidentes en el proceso de divorcio vincular.
gracias por aclararme la situacion porque justo ahora tengo que iniciar un regimen de visitas pero a su vez esta tramitandose el divorcio, asi que en este caso si iria como incidente, no?