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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #988966  por NINAIUS
 
Buenas tardes Colegas
me consulto un cliente que mand a hacer un pre ocupacional y salio con probelamas de oido, igual el empleador quiere darle trabajo a esa persona pues lo necesita pero como tuvo un caso de reclamo anterior, y la empresa de medicina laboral lo manda al ministerio de trabajo en pcia para que hagan un acta que entra con la enfermedad pre existente y que asi deje constancia. Me consulto nunca escuche que el ministerio realice ese tipo de acta y dudo de su validez y efectividad
alguien sabe del tema???
se les ocurre una manera de cubrir al empleador???

gracias por cualquier informacion y participacion
Cariños

Ninaius *flor*
 #989523  por casbarrog
 
Hola! efectivamente el ministerio fiscaliza los preocupacionales. así como en el caso de enfermedad inculpable y hay discrepancia entre el médico particular del trabajador y el médico laboral
Te pego esta info con la dirección de la página.- espero te oriente
cariños
gery
9. FISCALIZACIÓN DE EXÁMENES PREOCUPACIONALES

9.1. ¿Qué es? ¿De qué se trata?
Consiste en la revisión de los exámenes médicos que se realizan a los trabajadores, previo al ingreso al trabajo en relación de dependencia, y de cuyo resultado se haya verificado algún tipo de patología que disminuye su capacidad laborativa. Interviene la Subsecretaría de Trabajo, en cumplimiento de la Resolución n° 208 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

9.2. ¿Para quién es?
Empleador/trabajador.

9.3. ¿Quién lo puede realizar?
Empleador.

9.4.¿Qué necesito para hacer el trámite?
Solicitud de fiscalización de exámenes médicos por escrito que contenga:

Datos de la empleadora (nombre, domicilio, CUIT, etc.).
Datos del Trabajador
Detalle de las secuelas incapacitantes.
La misma debe estar suscripta por empleador, trabajador y profesional médico que intervino en la emisión del dictamen médico.
Asimismo se deberá adjuntar todos los estudios efectuados, en base a los cuales se determinó el grado de incapacidad.

9.5. ¿Cuánto demoro en hacerlo?
El tiempo necesario en la recepción de la solicitud en la Delegación Regional respectiva (aproximadamente 1/2 hora). Fijada la Junta médica, aproximadamente 1 hora.

9.6. ¿Cuánto demoro en obtenerlo?
La junta médica deberá fijarse dentro de los 15 días de presentada la solicitud.

9.7. ¿Cómo recibo el resultado o producto del trámite?
Finalizada la verificación médica, si esta es coincidente con el examen presentado, se hace entrega inmediata del resultado. Caso contrario se puede solicitar nuevos estudio. Cumplido el trámite se archivan las actuaciones.

9.8. ¿Cuánto cuesta?
El presente trámite se encuentra arancelado. El valor del mismo es de $ 14,00 por cada examen a fiscalizar.

9.9. ¿Dónde lo puedo hacer?
En cada una de las DELEGACIONES REGIONALES DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, de acuerdo a la Jurisdicción de las mismas conforme el domicilio del lugar de trabajo.
http://www.trabajo.gba.gov.ar/informaci ... .html#c2p8