En el ámbito de un pedido de quiebra (en perfectas condiciones de declarar la quiebra, pues el deudor no desvirtuó el estado de cesación de pagos) el deudor propone un pago en 10 cuotas.
Dada su condición, me gustaría celebrar el acuerdo, pero no desistir del pedido de quiebra. Sin embargo, el plazo del acuerdo excede el de la caducidad de instancia, por lo cual ¿queda alguna solución potable?.
Otra sería desistir nomás del pedido contra celebración del acuerdo, y pedir la quiebra nuevamente si se atrasa.
Gracias desde ya.
Dada su condición, me gustaría celebrar el acuerdo, pero no desistir del pedido de quiebra. Sin embargo, el plazo del acuerdo excede el de la caducidad de instancia, por lo cual ¿queda alguna solución potable?.
Otra sería desistir nomás del pedido contra celebración del acuerdo, y pedir la quiebra nuevamente si se atrasa.
Gracias desde ya.
Antes de preguntarte si podrías conseguir algo para tu cliente, preguntate si deberías hacerlo, esto es, si es justo, según tu conciencia. Sos el primer juez de la causa...
