Hola foristas. Les cuento que he recibido una consulta sobre una pensión asistencial por discapacidad: el beneficio está a punto de ser otorgado está en depto. de liquidación de beneficios, la persona discapacitada es un señor de 55 años de edad con síndrome de Down, tiene sentencia por insanía y la curadora nombrada es su hermana de 65 años, esta Sra. se encuentra en grave estado de salud internada en terapia intensiva. Otra hermana me comentó esta situación y me consultó si debe tramitar otra curatela para que su hermano discapacitado pueda cobrar la pensión que están por otorgarle, ya que los médicos consideran que la Sra. (curadora) tiene muy poco tiempo de vida.
Yo solicité el desarchivo de la causa de insanía/curatela para presentar allí los certificados que acreditan el grave estado de salud de la curadora, pero respecto del beneficio de pensión no sé como se debería actuar. Si algún colega puede desasnarme, desde ya muchas gracias.
Saludos.
Yo solicité el desarchivo de la causa de insanía/curatela para presentar allí los certificados que acreditan el grave estado de salud de la curadora, pero respecto del beneficio de pensión no sé como se debería actuar. Si algún colega puede desasnarme, desde ya muchas gracias.
Saludos.