Hola foristas!
Les consulto por lo siguiente: ¿Qué informes debo presentar para inscribir un bien inmueble luego de la DH y/o la adjudicación privada de bienes? Tanto en el Reg. de Pcia. como en el de Capital Federal. Asimismo para los rodados.
En síntesis, ¿qué informes o trámites me exigen los juzgados de Capital Federal para librar los testimonios? A más de abonar la Tasa de Justicia, no?
Estuve leyendo un poco en el foro, y sólo me quedó bien claro lo del Libre Deuda (tanto para inmuebles como para rodados) y que en ARBA debo abonar el Impuesto a la Herencia si sobrepasa determinado tope la alícuota adjudicada.
Espero sus respuestas.
Les consulto por lo siguiente: ¿Qué informes debo presentar para inscribir un bien inmueble luego de la DH y/o la adjudicación privada de bienes? Tanto en el Reg. de Pcia. como en el de Capital Federal. Asimismo para los rodados.
En síntesis, ¿qué informes o trámites me exigen los juzgados de Capital Federal para librar los testimonios? A más de abonar la Tasa de Justicia, no?
Estuve leyendo un poco en el foro, y sólo me quedó bien claro lo del Libre Deuda (tanto para inmuebles como para rodados) y que en ARBA debo abonar el Impuesto a la Herencia si sobrepasa determinado tope la alícuota adjudicada.
Espero sus respuestas.