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  • CASO NUERA VIUDA S/HIJOS Y HERMANOS DEL CAUSANTE UNICOS HERE

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #789092  por nathynatita
 
Hola! quisiera si alguien me puede ayudar a resolver este caso. La pregunta es muy simple. Quiero saber que sucede con la nuera viuda s/hijos en el caso que sea la unica heredera del causante, junto con un hermano de éste. No se responder si solo recibe su cuarto de herencia correspondiente a su esposo pre-muerto y el resto el hermano del causante o como es que se soluciona. Desde ya muchas gracias al que me acerque una respuesta.
 #789237  por NOMOLESTAR
 
Si no entiendo mal, hay un conyugue supérstite del causante y no hay ascendientes ni descendientes del mismo; por tanto, el único heredero es la cónyuge, al hermano no le corresponde nada en la sucesión ab intestato.

Artículo 3572. Si no han quedado descendientes ni ascendientes, los cónyuges se heredan recíprocamente, excluyendo a todos los parientes colaterales.
 #991184  por santiheladero
 
"La nuera viuda y sin hijos que sucede a sus suegros en los términos del art. 3576 bis del Cód. Civil, no tiene derecho a acrecer en caso de que no concurran otros herederos".CNCivil en Pleno. 29/8/93.
Es decir, no es que la nuera viuda sin hijos era el 25 % de lo que hubiera herederado su esposo porque lo demás lo heredan sus cuñados o sobrinos, sino que es el límite que la ley le pone. Aunque fuera la única heredera, sólo recibiría ese porcentaje.
 #991847  por mcnulty
 
Draadriana escribió:....la viuda hereda solo el 25% de este? y el resto a quien va destinado al fisco?
Este un tema doctrinariamente muy discutido ,en el que muchos autores (la mayoría) entienden que la nuera viuda es heredera legitimaria por lo que tiene derecho a acrecer en caso de no existir otros herederos ,por lo que desplazaría al Fisco.
Sin embargo ,como ya dijo santiheladero, la Camara Nacional en lo Civil en pleno
(con variadas disidencias) decidió este asunto negando a la nuera la posibilidad al todo de la herencia , por lo que en el caso que planteas habría vacancia y el resto pasaría al Fisco.
El fallo plenario en cuestión es: GORBEA DE BUONCORE, GERTRUDIS/SUC.".- CNCIV., EN PLENO.- 29/08/1983.- (LL 1983-D, 176). y lo podes leer en

http://www.niunomenos.org.ar/index.php? ... Itemid=267
 #992453  por mcnulty
 
Draadriana escribió:Y en caso que la suegra fallecio antes que el hijo. en este caso si la nuera viuda sin hijos hereda todo?
Con ese orden de defunciones estamos ante una hipotesis absolutamente distinta a la planteada más arriba , y en nada se relaciona con lo que el CC (3576 bis) dispone para la nuera viuda s/hijos.
En este caso es simple , el hijo hereda a su madre y al morir éste (sin descendencia) su esposa será su única heredera .