Tengo la siguiente duda: Mis clientes, tuvieron sentencia favorable en un desalojo por falta de pago. Efectivamente desocuparon el inmueble casi un año después de vencido el contrato de alquiler, en el mismo estaba estipulada una clausula penal por cada día de mora en el pago. La pregunta es: debo solicitar me autoricen la formación de un incidente para practicar liquidación y perseguir su cobro en el mismo expte? Gracias
