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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #985431  por GABRILITAIURIS
 
Hola buenas tardes a todos! Una pregunta, el subsidio de contencion familiar de $4000 puede cobrarlo la hija del fallecido? No hay facturas de sala velatoria porque no hicieron velatorio.Se cobra igual? lei por ahi que no hace falta ,si es hija,presentar factura ,solo presentarse al turno con DNI,partida nacimiento y certifiocado de defuncion. Gracias por contestar =)
 #985435  por diegomdp
 
para el subsidio de contencion familiar te piden partida de defuncion, el certificado ya no es mas valido por las irregularidades que hubo y si lo pueden cobrar los derechohambientes aunque no haya factura de sepelio
 #985530  por AIA
 
Puede cobrarlo a este subsidio una persona que cuido por años a alguien???? por lo que tengo entendido si, presentando la factura del sepelio a nombre de ella, mas defunción, dni, ultimo recibo de haberes.......es asi?
 #985560  por MARIO1943
 
AIA escribió:Puede cobrarlo a este subsidio una persona que cuido por años a alguien???? por lo que tengo entendido si, presentando la factura del sepelio a nombre de ella, mas defunción, dni, ultimo recibo de haberes.......es asi?
Quién puede cobrarlo?
Quien acredite haber abonado los gastos del sepelio, con la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio tiene el derecho al cobro. Hay que tener presente que el mismo prescribe al año de ocurrido el fallecimiento del beneficiario.
De existir derechohabientes esta prestación será liquidada directamente junto con la pensión. En caso de que la pensión sea coparticipada, se liquidará en forma proporcional de conformidad al porcentaje de beneficio que le corresponda a cada uno.
En caso de no existir derechohabientes, podrán percibir este subsidio los herederos del beneficiario fallecido. Este subsidio comprende también a los beneficiarios del PAMI no jubilados, como a los familiares a cargo de un jubilado o ex combatiente de Malvinas adherente al PAMI. En estos casos el subsidio lo pagará la obra social de jubilados, contra la presentación del certificado de defunción. Por lo tanto, estarán a cargo de dicho instituto las condiciones de otorgamiento y liquidación.
 #986547  por AIA
 
MARIO1943 escribió:
AIA escribió:Puede cobrarlo a este subsidio una persona que cuido por años a alguien???? por lo que tengo entendido si, presentando la factura del sepelio a nombre de ella, mas defunción, dni, ultimo recibo de haberes.......es asi?
Quién puede cobrarlo?
Quien acredite haber abonado los gastos del sepelio, con la presentación de la factura extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio tiene el derecho al cobro. Hay que tener presente que el mismo prescribe al año de ocurrido el fallecimiento del beneficiario.
De existir derechohabientes esta prestación será liquidada directamente junto con la pensión. En caso de que la pensión sea coparticipada, se liquidará en forma proporcional de conformidad al porcentaje de beneficio que le corresponda a cada uno.
En caso de no existir derechohabientes, podrán percibir este subsidio los herederos del beneficiario fallecido. Este subsidio comprende también a los beneficiarios del PAMI no jubilados, como a los familiares a cargo de un jubilado o ex combatiente de Malvinas adherente al PAMI. En estos casos el subsidio lo pagará la obra social de jubilados, contra la presentación del certificado de defunción. Por lo tanto, estarán a cargo de dicho instituto las condiciones de otorgamiento y liquidación.
GRACIAS POR TU RESPUESTA.- *suerte*
 #991876  por Nise
 
perdon, refloto este post. como se hace para cobrar el subsidio? pedi turno para que mi cliente por pension directa de fallecimiento (de jubilado)
 #991990  por celiaEsc
 
Hola: si estaba jubilado, tenías que pedir pensión "derivada". Fijate en la web de ANSES los requisitos para cobrar el subsidio, y bajas los formularios.. saludos