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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #991852  por celiaEsc
 
Estimados: recibo una pensión con 7 años y 4 meses de servicio doméstico pagados en tiempo y forma, y otros años de aportes.
La duda es que falleció a mediados de julio y "NO" pagaron ese mes en tiempo y forma. ¿lo puedo pagar ahora, con la liquidación, es lo único que debe. Muchas gracias. Saludos
 #991936  por MARIO1943
 
EL DECRETO 526/95 SE APLICA SOLO A PERIODOS DE AUTONOMOS, NO SE APLICA A LOS PERIODOS D E SDM, SI EL MES D E JULIO NO SE PAGO , DIRECTAMENTE TIENE QUE DARLE D E BAJA EN EL MES D E JUNIO , DE ESA FORMA NO PAGAS EL MES DE JULIO
 #991998  por celiaEsc
 
Hola: el problema es que a pesar de que el fallecido había iniciado la jubilación y pagado todo, antes de la verificación falleció, y como vuelvo a liquidar ahora, tengo una diferencia por intereses capitalizables de $2, (en 40 formularios...) ¿los pago? o ¿me denegarán por haber regularizado deuda en forma extemporánea? ¿o los dejo y presento así pidiendo bagatela? Muchas gracias,
 #992330  por zaffaroni
 
lilita09 escribió:como estas Celia ? no hace falta si tenes la regularidad exigida, si tenes deuda aplica el dcto 526/95, saludos cordiales.

:shock: :shock: :shock: dios mio que burrada esta diciendo:?: se da cuenta lilita09 que lo unico que hace es confundir a quien entro a sacarse una duda :?: no sea sinverguenza por favor, hagame el favor de llamarse al silencio, vuele de este portal que es para abogados no gestrotruchos. encima se dan el lujo de responder cualquier cosa :roll:
MARIO1943 escribió:EL DECRETO 526/95 SE APLICA SOLO A PERIODOS DE AUTONOMOS, NO SE APLICA A LOS PERIODOS D E SDM, SI EL MES D E JULIO NO SE PAGO , DIRECTAMENTE TIENE QUE DARLE D E BAJA EN EL MES D E JUNIO , DE ESA FORMA NO PAGAS EL MES DE JULIO
menos mal que apareciste vos mario porque aca cualquiera entra y dice cualquier disparate, despues se enojan cuando uno les dice que no saben, que son burros, que son gestortruchos :mrgreen:
 #992370  por arandu2
 
En principio no debías liquidar de nuevo, pues será el mismo sicam de la jubilacion, si es que ya estaba iniciada.¿ Cómo es posible que te hubieran hecho la baja de sicam cuando hay una solicitud de beneficio en curso?
 #993927  por celiaEsc
 
Hola Arandu: me dieron de baja el SICAM, porque la esposa ya es jubilada y con moratoria, y era un SICAM con MORATORIA, y ahora es por regularidad de años continuados de aportes en relación de dependencia y sdm. ¿para qué va a pagar la moratoria? además el retroactivo era de un mes más o menos y la deuda de moratoria mucho mayor. Muchas gracias, saludos !!!