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  • Impugna pericia, notifica x cédula?

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #992229  por agustin92
 
Impugnada una pericia, se corre traslado a la contraria x cédula? Espero el proveido y la confecciono con la copia de traslado? O el juzgado lo hace de oficio?
 #992244  por eltam88
 
SE HACE POR CÉDULA, POR SUPUESTO QUE ESPERÁ LA RESOLUCIÓN Y EL TRASLADO ES AL PERITO NO A LA OTRA PARTE.
 #992282  por agustin92
 
Muchisimas gracias, eso era en lo que dude, !
 #992302  por Torito
 
Eltam: se me generó una duda...

No debe dar traslado a la demandada también??? además del perito claro...

YO cuando voy por la actora y la demandada impugna la pericia médica, SIEMPRE me corren traslado a mí de dicha impugnación.

Saludos!!
 #992311  por andresxeneizes
 
agustin92 escribió:Impugnada una pericia, se corre traslado a la contraria x cédula? Espero el proveido y la confecciono con la copia de traslado? O el juzgado lo hace de oficio?
en laboral lo hace el juzgado de oficio eso
Torito escribió:Eltam: se me generó una duda...

No debe dar traslado a la demandada también??? además del perito claro...

YO cuando voy por la actora y la demandada impugna la pericia médica, SIEMPRE me corren traslado a mí de dicha impugnación.

Saludos!!
yo nunca vi que le dieran traslado a la otra parte solo vi que le dan al perito, pero bueno puede haber un caso donde el juez, como director del proceso, entienda que corresponde darle traslado a la contraria