Estimados colegas, les escribo para pedirles asesoramiento por un caso que me llego y sobre el que tengo algunas dudas.
Mi clienta, queda embarazada de un novio, con el cual al tiempo se pelea y a los meses retoma relacion con otra ex pareja con la cual estuvo muchos años. En este interin aparece el padre biologico del bb en gesta, y agrede fisicamente a ambas personas, por lo cual hay denuncia penal formada y en pleno diligenciamiento. Luego de esto, la pareja contrae matriomonio y el padre biologico desaparece durante todo el embarazo . Cuando el menor nace, es incripto con el apellido de la madre. A los pocos dias aparece el padre biologico y solicita reconocer al menor, cosa que mi clienta no objeta ya que lo reconoce como tal. Lo que ha sucedido es manifiesta que va a solicitat, ademas de cambiar el apellido del menor, cambiar el segundo nombre de este, por coincidir con el nombre del actual esposo de la mujer..., cosa que no le gusta, por celos (comentario extra oficial)
Se entiende el dilema? Mis dudas son...
1.- El padre biologico puede cambiar el nombre del menor, solo por que se llama igual que su padrastro?
2.- En el diligenciamiento de la ipp, el juez concedio a las victimas restriccion perimetral de parte del padre biologico. La causa esta en pleno diligenciamiento y hay suficientes pruebas de la agresion (testigos), que se puede aducir o reclamar en Familia como parte de esta situacion????
Saludos y Gracias!
Mi clienta, queda embarazada de un novio, con el cual al tiempo se pelea y a los meses retoma relacion con otra ex pareja con la cual estuvo muchos años. En este interin aparece el padre biologico del bb en gesta, y agrede fisicamente a ambas personas, por lo cual hay denuncia penal formada y en pleno diligenciamiento. Luego de esto, la pareja contrae matriomonio y el padre biologico desaparece durante todo el embarazo . Cuando el menor nace, es incripto con el apellido de la madre. A los pocos dias aparece el padre biologico y solicita reconocer al menor, cosa que mi clienta no objeta ya que lo reconoce como tal. Lo que ha sucedido es manifiesta que va a solicitat, ademas de cambiar el apellido del menor, cambiar el segundo nombre de este, por coincidir con el nombre del actual esposo de la mujer..., cosa que no le gusta, por celos (comentario extra oficial)
Se entiende el dilema? Mis dudas son...
1.- El padre biologico puede cambiar el nombre del menor, solo por que se llama igual que su padrastro?
2.- En el diligenciamiento de la ipp, el juez concedio a las victimas restriccion perimetral de parte del padre biologico. La causa esta en pleno diligenciamiento y hay suficientes pruebas de la agresion (testigos), que se puede aducir o reclamar en Familia como parte de esta situacion????
Saludos y Gracias!