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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #992838  por MARIAFLOR1950
 
Hola a todos.tengo el caso de una mujer nacida el 10/7/1950.-cumplio 18 años el 10/7/1968, edad jubilable 10/7/2010 (actualmente 63 años y 3 meses)
Desde 8/68 al 9/93 = 25 años + 1 mes
exceso de edad = 1 año + 7 meses
Tiene aportes en RRDD=1 año + 11 meses Total 28 años + 7 meses
(de 1995 a 2008
trabaj temporarios )
Consulta: puedo aplicar benèficio art 3 = a 6 años DDJJ ?
Agradecerè cualquier ayuda
Saludos cordiales
 #992866  por MARIAFLOR1950
 
hola.gracias por responder.Entonces me conviene dejar que transcurra el tiempo, dado que cada 2 meses tengo 1 a favor ?
 #992879  por pilar77
 
Camarilla escribió: ¿Lo que falta con que lo vas a completar? ¿con sdm extemporáneo o contemporáneo? ¿con monotributo o autónomo voluntario? Si paga a partir de ahora en adelante 1 año y 5 meses que le faltan se queda sin los servicios del artículo3 de la ley 24476.Saludos. Camarilla.
Pero el beneficio del art. 3° ya lo perdió si efectuó aportes en relación de dependencia hasta el 2008!!
Para mi le conviene que se ponga a aportar ahora mes a mes para poder jubilarse en 1 año porque si tiene que esperar el exceso de edad se va a jubilar en 3 años... y en este país eso es una eternidad y riesgo!!!