Hola Colegas queria consultar si alguien puede tirar una opinion, me llego un caso de una empleada de farmacia que hace antencion al publico, mi duda es con relacion al CCT aplicable ya que estuve vindo la pagina FATFA y hay varios convenios aplicables en diferentes lugares del pais, estoy en salta, la duda es si aplicar el 22/88 o el 63/65 es decir no se si este ultimo esta vigente o lo derogo el anterior, segundo el primero de los convenios dice en su art. 3 lo siguiente "todas las farmacias privadas, sindicales, mutuales, estatales, de obras sociales, de cooperativas, hospitalarias y de toda otra entidad sin fines de lucro" si hago una interpretacion literal entiendo que todas estas instituciones son sin fines de lucro ¿es asi o estoy equivocado? y la ultima duda es que las escalas salariales del cct 22/88 no las encuentro ya que la pagina de FATFA solo tiene de otros convenios.
espero opiniones!
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