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 #993709  por dariocmendez
 
Estoy en Provincia de Buenos Aires y mi cliente en otra provincia. El juicio lo vamos a hacer en la provincia de Buenos Aires

Me tendría que enviar un poder. He visto poderes en escrituras públicas y poderes firmados por los secretarios de los juzgados. Pero nunca he visto poderes para juicio en simple instrumento privado. O sea el texto escrito con la firma del poderdante y nada más.

Pienso que no debería haber complicaciones ya que el Código Civil admite los poderes bajo instrumento privado (1873 CC) pero quería conocer sus experiencias.

Muchas Gracias de antemano
 #993719  por Squonk
 
El art.23 de la ley 11653 me parece que es claro y no admite el supuesto que vos planteas: "simple carta-poder autenticada la firma por escribano, funcionario judicial letrado habilitado o secretario o su reemplazante de los Tribunales del Trabajo"
 #993720  por Squonk
 
Esto en el caso que se trate de un juicio laboral.
Ahora si se trata de otro tipo de juicio, y la firma no está autenticada, me parece que te podrán plantear la excepción de falta de personería y creo que podría prosperar