Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Decreto 524/08

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #994022  por ferpau
 
Hola foristas! el caso es el siguiente: mujer nacida 09/08/1953, trabajo en empaque de frutas (trabajo discontinuo) y tiene dos meses de aportes como autonomo. Aplicando la elevación de los tiempos trabajados por el decreto 524/08 nos da 7 años y 2 mes, mas 1 mes por exceso de edad, mas los dos meses aportados como autonomo, nos da un total de 7 AÑOS Y 5 MESES. Por lo tanto , sumando estos años mas la moratoria, que nos permite 22 años y 1 mes, nos da 29 años y 6 meses. Ella trabajo desde los 14 años pero muchos periodos estan en negro. Mi pregunta es la sgte: puedo hacer una nota invocando este decreto por los periodos no certificados para que me consideren algunos meses dsd que cumplio los 18 años hasta 05/1977? ya que estos 7 años y 2 meses estan certificados y figuran en la sabana de Anses.

Muchas gracias! *flor*
 #994040  por hugo2
 
ferpau escribió:Hola foristas! el caso es el siguiente: mujer nacida 09/08/1953, trabajo en empaque de frutas (trabajo discontinuo) y tiene dos meses de aportes como autonomo. Aplicando la elevación de los tiempos trabajados por el decreto 524/08 nos da 7 años y 2 mes, mas 1 mes por exceso de edad, mas los dos meses aportados como autonomo, nos da un total de 7 AÑOS Y 5 MESES. Por lo tanto , sumando estos años mas la moratoria, que nos permite 22 años y 1 mes, nos da 29 años y 6 meses. Ella trabajo desde los 14 años pero muchos periodos estan en negro. Mi pregunta es la sgte: puedo hacer una nota invocando este decreto por los periodos no certificados para que me consideren algunos meses dsd que cumplio los 18 años hasta 05/1977? ya que estos 7 años y 2 meses estan certificados y figuran en la sabana de Anses.

Muchas gracias! *flor*
La misma 524 lo dice si tenes pruebas no hay problemas. Pero ademas esos periodos los podes suplir con la moratoria.