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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #994376  por delma
 
buenos dias, una colega me trajo para que le revise el sicam de su mama, en principio estaria bien hecho respecto del calculo de aportes, pero tiene 3 años de aportes como monotributista y ella liquido todo en sicam 1, o sea el monotributo y lo que compra, las ultimas veces que hice sicam ya no era asi, en caso de que exista en datos personales un historial previo habia que poner en sicam 1 ese historial y luego poner los periodos comprados en ampliada (sicam 2), algo cambio????
 #994382  por hugo2
 
delma escribió:buenos dias, una colega me trajo para que le revise el sicam de su mama, en principio estaria bien hecho respecto del calculo de aportes, pero tiene 3 años de aportes como monotributista y ella liquido todo en sicam 1, o sea el monotributo y lo que compra, las ultimas veces que hice sicam ya no era asi, en caso de que exista en datos personales un historial previo habia que poner en sicam 1 ese historial y luego poner los periodos comprados en ampliada (sicam 2), algo cambio????
Si, lee los post sobre el tema.
 #994383  por delma
 
hola hugo estuve leyendo los post antes de pregunatar, pero me resultan confusos algunos dicen como que si no adheriste a moratoria 592 podes hacer todo en sciam 1. eso me confunde.-
 #994386  por AUKA
 
Buenos Aires, 11 de mayo de 2011
CIRCULAR GP Nº 31/11
PROBATORIA DE SERVICIOS AUTÓNOMOS Y MONOTRIBUTISTAS
OPCIÓN MORATORIA RESOLUCIÓN SSS Nº 592/79 - AMPLIACIÓN DE PERÍODOS USO DEL SICAM II
REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 18/11
Dado que se facultó a la Gerencia Diseño de Normas y Procesos dependiente de la Subdirección de Administración para dictar las normas de procedimiento y disposiciones aclaratorias de la Resolución D.E.-N Nº 555/10 (Probatoria de Servicios Autónomos y Monotributistas), se aclara que si el afiliado formula opción por la Moratoria Res. SSS Nº 592/79 en el Form. Nº 558/A del SICAM, y amplía los servicios anteriores a la fecha de inicio de actividades que surge de la pantalla AUT1, dicho período ampliado anterior a la citada fecha deberá ser informado en el SICAM II, tal como lo dispone la Circular GPA Nº 38/10.
Se aclara además que el caso mencionado, es el único supuesto de uso obligatorio del SICAM II.
En los restantes casos, si presenta el SICAM II y no opta por la Res. SSS Nº 592/79, no habría inconveniente alguno en aceptar el mismo en dichas condiciones.
 #994889  por delma
 
Gracias a todos, hoy ya inicie la jubilacion y estaba todo bien.-