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  • Accid. Laboral. 100% incapacidad. Dudas.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #995463  por martins
 
Accidente laboral en Santa Cruz (manejando un camion), se cerro el seclo con la art en Capital y tengo que iniciar demanda. Hago un par de consultas: 1.- Cual es la normativa que permite iniciar en Capital si la aseguradora tiene domicilio en capital? Es la misma que para los seguros? 2.- El trabajador tuvo un 100% de incapacidad fijado por comision medica y quiero reclamar la indemnizacion en 1 solo pago segun la ley de art ya que paralelamente estoy iniciando accion civil contra el otro vehiculo. Debo solicitar inconstiutcionalidad de que articulos? Cualquier opinion me sera util. Gracias.-
 #995518  por Beto
 
martins escribió:Accidente laboral en Santa Cruz (manejando un camion), se cerro el seclo con la art en Capital y tengo que iniciar demanda. Hago un par de consultas: 1.- Cual es la normativa que permite iniciar en Capital si la aseguradora tiene domicilio en capital? Es la misma que para los seguros? 2.- El trabajador tuvo un 100% de incapacidad fijado por comision medica y quiero reclamar la indemnizacion en 1 solo pago segun la ley de art ya que paralelamente estoy iniciando accion civil contra el otro vehiculo. Debo solicitar inconstiutcionalidad de que articulos? Cualquier opinion me sera util. Gracias.-
Hola mira yo iniciaría por prestaciones sistémicas solamente, si la Cia tiene domicilio en la capital no hay problema de competencia territorial.
En cuanto al pago, lo pedís por la ley vieja, generalmente hoy en día es un solo pago.
 #995533  por ebarreyro
 
La jurisdicción del domicilio del demandado es indiscutible, sólo hay que poner que corresponde la competencia por ese hecho.
Fíjese la nueva ley, que si va por la sistémica, probablemente le dará mejor resultado
 #995571  por martins
 
Muchas gracias a ambos por responder. Les comento que el hecho fue en el 2011, en principio se aplicaria la vieja ley. Pero si conviene la liquidacion por nueva ley, puedo pedir su aplicacion? Otra consulta: Cual es el plazo para inciar demanda una vez cerrado el acta en seclo?
 #995606  por Torito
 
No hay un plazo para iniciar demanda luego del selco. Simplemente hay que tener en cuenta el plazo de la prescripción. Recordar también que el Seclo extiende 6 meses más el plazo de la prescripcíón.
 #997597  por martins
 
ebarreyro escribió:La jurisdicción del domicilio del demandado es indiscutible, sólo hay que poner que corresponde la competencia por ese hecho.
Fíjese la nueva ley, que si va por la sistémica, probablemente le dará mejor resultado
Si, muchas gracias por tu consejo ebarreyro. Ya estuve viendo bastante jursiprudencia al respecto. ¿Cuales serian los articulos principales que deberia tildar de inconstitucionales? Te digo por que el tema se hace un berenjenal terrible!