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  • CESE CUOTA ALIMENTARIA

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 #995977  por Funebrero87
 
Colegas, paso a la consulta:

-Provincia de Buenos Aires.
-Padre de dos hijos, divorciado. Oportunamente se le fijó embargo equivalente al %25 de su sueldo a favor de sus hijos menores de edad.
-Ocurre que a la fecha, el hijo más grande (estudiante) ya ha cumplido los 25 años y el más chico tiene 20 años.

-Mi idea es solicitar que se desparalice el expte. donde se le fijó aquel embargo, peticionando que se le reduzca ese %25 y que se libre oficio de estilo al Banco Provincia de Bs As.

MIS DUDAS:

1-Que porcentaje se reducirá? %12,5? ya que son dos hijos pero uno aun no cumplió los 21 años.
2-Cómo lo peticionarían? Cómo se hace?

Desde ya agradezco la inestimable colaboración de Uds.
 #995996  por ANAMARIAP
 
Estimado colega, yo pediría el cese total de la cuota alimentaria por haber adquirido ambos hijos la mayoría de edad.
Saludos, ANAMARIA
 #996191  por Funebrero87
 
Estimada, agradezco su respuesta.
Le comunico que según tengo entendido, sin perjuicio de que la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, la obligación alimenticia de los padres subsiste hasta los 21 años, por imperio de la ley 26.579.
 #996211  por ANAMARIAP
 
Funebrero87 escribió:Estimada, agradezco su respuesta.
Le comunico que según tengo entendido, sin perjuicio de que la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, la obligación alimenticia de los padres subsiste hasta los 21 años, por imperio de la ley 26.579.
Estimado, así es, pero son los hijos quienes deben demandar a su padre a los 18 años, mientras tanto se pide el cese.
Saludos, ANAMARIA

PD: Después postee como lo resolvió así nos es útil a todos, gracias.
 #996242  por EstefyW
 
Estimados:

En primer lugar, este tema va en Derecho de Familia.
En segundo lugar, y respondiendo a la pregunta: el cese de cuota se hace por incidente, tramita por cuerda al principal (que suele ser de alimentos, pero puede ser también un divorcio en el que se hayan acordado).
La demanda es muy fácil, no hay mucho que probar salvo la edad de los hijos con la partida de nacimiento. La simple mayoría de edad es la razón por la cual debe cesar la cuota.
 #996522  por Funebrero87
 
Colegas:

Entiendo que lo voy a tener que tramitar en sede civil, puesto que allí tramitó oportunamente el divorcio. Luego la madre pidió aumento de la cuota mediante incidente, donde se le fijó el %25 de embargo sobre sus ingresos (todo en el juzgado civil y comercial).-
Mi cliente es empleado de la municipalidad y su sueldo lo cobra por el Banco Provincia.
Hoy hablé en el Juzgado y me dicen que, como se extinguió de pleno derecho la obligación alimenticia sobre la hija mayor al alcanzar los 25 años, debería hablar con los asesores letrados del Municipio para que le reduzcan la cuota en un %50, quedando la otra mitad para el hijo que tiene 20 años.

Me dicen que no debo iniciar un incidente porque la obligación ya se extinguió y, te podría decir, culpan a los asesores letrados del Municipio y/o del Banco por no haber reducido la cuota automáticamente.-

Luego de tantas idas y vueltas, probaré con desparalizar aquél incidente donde se le fijó el %25 de embargo, y luego ingresar un escrito alegando que la hija mayor cumplió 25 años y que por consiguiente se extinguió "ipso iure" la obligación a favor de ésta, por lo que solicito se libre en carácter de urgente oficio de estilo al Banco de la Provincia de Bs. As.

La verdad, que ni en el Juzgado me saben decir que hacer.

Si a alguien se le ocurre otra cosa, bienvenido sea. A todos nos puede tocar un caso así.

Mil Gracias
 #1206810  por alegria59
 
Hola entiendo que debes solicitar por incidente demostrando la mayoria de edad que atento se encuentra ipso iure la obligacion extinguida se libre un oficio para levantar el embargo
 #1206817  por legalescom
 
No creo que, "ipso jure", cese la cuota alimentaria, le darán traslado a la contraparte y, podría alegar, que está estudiando, por lo que se podría extender la obligación alimentaria hasta los 21 años.