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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #996166  por Martinfiberman
 
Colegas, consulta:
Me consulto un cliente que fue despedido verbalmente por estar ebrio. Estaba debidamente registrado.Telegrama no le enviaron (ellos dicen que si y que no le habra llegado), pero el mismo dia de la comunicación del despido, le hicieron firmar copia de la BAJA de AFIP, "dice mi cliente" y le extendieron una copia de la baja. Al no recibir fehacientemente la comunicacion de despido, podria intimar a que aclare situacion laboral con apercibimiento de despido indirecto? Como juega la baja en afip? Considero que mas alla de notificarse de la baja, no fue notificado de la causal de despido por CD. Que opinan y que deberia hacer?
Gracias.
 #996232  por dagaboasol
 
...tirate el lance, aparte que van a poner ?? Que se tomo hasta el florero, que tomaba dia y noche? Ahi rechazas la causa, y quedaría en la misma.
Despido ind. o sin causa.

Ojo con las pruebas que pueden tener, filmaciones de tu cliente tomando un Tretra que lo escondia debajo del escritorio, o que dejaba la mesa manchada despues de un saque profundo :shock:
 #996235  por dagaboasol
 
...me quede pensando :shock:
Lo de la baja, no dice la fecha cuando lo firmó, asi que puede ser tranquilamente antes, durante o dsps de tu tlc.

Pej. despues de enviar el telegrama, tu cliente fue a la empresa y ahi le hicieron firmar, y como tu cliente no caza ni donde esta parado, firmó.
 #996246  por JUSTINIANA
 
Aclare situación laboral y para el caso que la relacion laboral no esté registrada intimar conforme 24.013.-
La baja en el Afip no te preocupes es un trámite administrativo y el código sigue la teoría de la recepción...si no recibió el telegrama no hay despido.-
Saludos
 #996254  por dagaboasol
 
...tal como t dice la JUSTINIANA, es q a mi me sale así a lo indio. Pero es como dice ella, lo de la baja, y lo de la recepcion.
 #996283  por DotorJuan
 
El despido con causa VERBAL no existe (Art. 242).

Tomalo como negativa de tareas e intima x temas de registración (si corresponde, claro).

Con el tema de ebriedad, puede ser considerado enfermedad inculpable y podes tocar con el tema discriminación.
 #996356  por Martinfiberman
 
Gracias por sus respuestas. La cuestion fue asi. La empresa hizo una fiesta que termino a las 5 de la mañana. El entra a las 6 y como decimos en el barrio fue REGALADOOOO!!!! Yo voy a intimar a que aclare situacion laboral etc. Pero mi duda era si la baja de afip, la pueden hacer jugar como una notificacion fehaciente del despido. Claro que alli no se aclara si es CON CAUSA O SIN CAUSA, por lo tanto entiendo que no existe todavia notificacion de despido fehaciente.
Gracias!
 #996860  por adessoma
 
Martín: Te comento cuál sería mi estrategia en este caso. Con la baja de la AFIP que le hicieron firmar, obviamente, el vínculo laboral de tu cliente ya no está más registrado. Debido a que el despido con justa causa deberá ser comunicado por escrito (art. 243), luego del 07/11/2013 (que es el plazo legal para pagar haberes, según art. 1° ley 26593), intimaría a que abonen salarios adeudados, deber de ocupación efectiva (art. 78) y además ante el desconocimiento de la situación registral, intimar a que se registre el vínculo laboral vigente, desde luego remitiendo copia a AFIP.
De esta manera no solo tenés tres motivos para colocar a tu cliente en situación de despido indirecto, sino que además podés meter 24013.
Saludos.