Buenas tardes a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP"! Antes que nada,y habiéndome dado cuenta de mi omisión, aprovecho para presentarme: Soy abogada reciente, psicológa desde hace veinte años y perito psicóloga desde el año 2000. Estoy tratando de que se eleve a Cámara la regulación de mis honorarios por una pericia psicológica (del año 2006!) en un juicio de daños ganado por el actor. Paga la citada en garantía.
Previo, me piden en el juzgado que notifique a las partes a sus domicilios reales.
Al notificar a los demandados con cédula ley (el juzgado es nacional y el domicilio real está en la Prov.Bs.As.) la cédula viene de vuelta porque "una persona de la casa" le informó al oficial "que los requeridos no viven aquí".
Aclaro que ese es el domicilio real denunciado en autos por los demandados.
Mi pregunta es: Al no haber denunciado el cambio de domicilio real, tengo que solicitar que me autoricen a notificar al domicilio constituído conforme art. 41 CPCC o subsiste el domicilio denunciado y la notificación es válida según art. 42? Muchas gracias!
Previo, me piden en el juzgado que notifique a las partes a sus domicilios reales.
Al notificar a los demandados con cédula ley (el juzgado es nacional y el domicilio real está en la Prov.Bs.As.) la cédula viene de vuelta porque "una persona de la casa" le informó al oficial "que los requeridos no viven aquí".
Aclaro que ese es el domicilio real denunciado en autos por los demandados.
Mi pregunta es: Al no haber denunciado el cambio de domicilio real, tengo que solicitar que me autoricen a notificar al domicilio constituído conforme art. 41 CPCC o subsiste el domicilio denunciado y la notificación es válida según art. 42? Muchas gracias!